Abogado del presidente Petro ante el CNE pidió nulidad de la investigación en contra del mandatario

Foto: CNE - Presidencia

Héctor Carvajal solicitó además la nulidad de las pruebas practicadas, dice que están viciadas.


Noticias RCN

may 14 de 2024
07:04 p. m.

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Héctor Alfonso Carvajal Londoño, abogado del presidente Gustavo Petro ante el CNE, pidió la nulidad del caso de investigación que adelanta la autoridad electoral en contra del mandatario.

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“Me dirijo a la Sala del Consejo Nacional Electoral –Magistrados y Magistradas, con el propósito de solicitar se decrete la nulidad de toda la actuación surtida en el presente asunto, por falta
de competencia", se puede leer en el auto radicado ante el tribunal.

Asimismo, el abogado pide que no se formulen cargos contra el presidente Gustavo Petro "por cuanto no existe ninguna norma internacional, constitucional o de orden legal, que le permita al Consejo Nacional Electoral, investigar y juzgar al Señor Presidente de la República frente a denuncias por violación de topes y financiamiento irregular de la campaña", asegura Carvajal.

Asimismo, el abogado pidió que se decretara la nulidad de las pruebas presentadas "por estar viciadas, toda vez que su controversia se cumple a partir del acto de imputación de cargos y por cuanto con tal ejercicio arbitrario de una competencia extinguida en el procedimiento contencioso administrativo”.

La justificación del abogado del presidente Petro para pedir la nulidad de la investigación ante el CNE

Según el documento enviado por el abogado, quien se ampara en las leyes 996 de 2005 y 1475 de 2011, el CNE no tiene competencia para juzgar a Gustavo Petro, ya que él fue el candidato vencedor en las elecciones presidenciales.

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"El legislador dejó establecido, en forma clara, que el Consejo Nacional Electoral puede investigar y juzgar las violaciones a las normas que regulan el financiamiento de las campañas y topes de gastos de las mismas, excepto en relación con el candidato ganador de las elecciones presidenciales, por ser una
competencia que, por fuero constitucional, le está asignada al Congreso de la República", dice el abogado.

Además, el abogado asegura que el CNE solo está capacitado para investigar la violación de topes de campaña de los candidatos no electos y, cuando está relacionada a la campaña del candidato ganador, "el Consejo Nacional Electoral solamente es competente para investigar y juzgar al gerente y auditor, pero no al Presidente de la República".

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Asimismo, el abogado dice que, según artículo 21 de la ley 996, para investigar al Presidente de la República en un caso de presunta violación de los topes de la campaña, primero deben ser sancionados el gerente y el auditor de la campaña presidencial.

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Además, en el documento, el abogado del presidente asegura que "el Consejo Nacional Electoral cuenta con la competencia para
imponer sanciones por violación de los topes y la financiación irregular de la campaña presidencial [...] siempre que dichos hechos se conozcan durante este lapso o máximo dentro de los 30 días siguientes a la elección presidencial".

El abogado asegura que, la campaña en primera vuelta de Petro Presidente fue del 29 de enero de 2022 y culminó el día 28 de mayo del mismo año,mientras que la segunda fue del 13 al 20 de junio de 2022.

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