Tribunal de Cundinamarca admitió demanda contra el nombramiento de Gustavo Bolívar en el DPS

Foto: @SenadoGovCo

Además, en el recurso piden que suspendan a Bolívar del cargo mientras se resuelve la demanda. La Sala ya respondió a dicha solicitud.


Noticias RCN

jul 08 de 2024
06:19 p. m.

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una demanda contra el nombramiento de Gustavo Bolívar como director del Departamento de Prosperidad Social (DPS) de la Presidencia de la República.

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Harold Eduardo Sua Montaña impuso una demanda de nulidad electoral ante el tribunal con la cual solicitó que se dejara sin efecto el decreto 280 del 5 de marzo de 2024 mediante el cual se nombró a Bolívar porque considera “que se incurre en expedición irregular por presentarse violación al debido proceso y las formas propias para realizar un nombramiento.

Además, el demandante pide que se suspenda a Bolívar del cargo mientras se resuelve el recurso.

Lo que dice la demanda contra el nombramiento de Gustavo Bolívar en el DPS

Según explica la Sala Primera del Tribunal mencionado el demandante señala que, en el decreto, hay un vicio de nulidad debido a que se publicó el acto antes de que se publicara el acto de nombramiento y remoción de Iván Enrique Fernández Pérez quien entró a ocupar el cargo tras la salida de Laura Sarabia del mismo departamento.

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Por lo anterior el demandante pide que se decrete una medida cautelar en la que se remueva a Bolívar de su cargo y a cambio se nombre a alguien de manera temporal mientras se resuelve la demanda.

El demandante pide que “las funciones del departamento para la prosperidad social queden encargadas a un empleado de carrera administrativa que cumpla con los requisitos y el perfil para el desempeño del mismo mientras dure esa suspensión”.

Lo que dice el tribunal sobre la demanda de nulidad contra el nombramiento de Bolívar en el DPS

Si bien la Sala Primera del tribunal aceptó el recurso interpuesto por Sua Montaña, es clara en asegurar que el demandante aún no ha aportado las pruebas para que la sala decida sobre la medida cautelar de nulidad temporal sobre el decreto del nombramiento de Bolívar.

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“Lo cierto es que en esta precisa etapa procesal, aún no han sido allegadas o aportadas la totalidad de las pruebas que deben analizarse según las afirmaciones del demandante y que logren acreditar las causales invocadas de nulidad que le permitan a la Sala tener certeza de su configuración”, aseguró el Tribunal en el auto publicado.

El tribunal destaca que “corresponde al actor cumplir con la carga atinente a la argumentación y pruebas sobre la violación alegada, para que sea viable realizar el análisis correspondiente a esa oportunidad procesal”.

Por lo anterior, el Tribunal no accedió a aplicar la medida cautelar solicitada ya que se requiere hacer una análisis probatorio integral una vez se encuentren recaudadas todas las pruebas necesarias, garantizar el derecho de defensa y contradicción frente a la causal invocada.

“Al estar reunidos los requisitos formales previstos en la ley, se dispondrá la admisión de la demanda y se negará la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional presentada”, se puede leer en el auto del tribunal.

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