Apelan la sanción contra el presidente Gustavo Petro por desacato en nombramientos de la Creg
El pasado 3 de octubre el Tribunal de Cundinamarca declaró en desacato al jefe de Estado y lo sancionó con el pago de una multa de cinco salarios mínimos.
Noticias RCN
05:16 p. m.
El pasado 3 de octubre, el Tribunal de Cundinamarca, sancionó al presidente Gustavo Petro con una multa de cinco salarios mínimos, después de declararlo en desacato por no cumplir con un fallo judicial que ordenaba el nombramiento en propiedad de seis expertos de la Creg.
En las últimas horas, se conoció un documento de 12 páginas remitido por la Presidencia en el que aplenan la decisión del tribunal, y donde argumentan que el mandatario realizó las gestiones correspondientes después del 31 de julio de 2024:
Medios de prueba que permiten evidenciar las gestiones realizadas por el presidente del República, tendientes a realizar los nombramientos de los expertos comisionados Creg, después del 31 de julio de 2024.
Presidencia solicitó revocar sanción contra el presidente
En un documento remitido a la magistrada Ana Margoth Chamorro Benavides, de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la Presidencia solicitó revocar la decisión de sancionar al presidente Gustavo Petro con una multa del equivalente a cinco salarios mínimos mensuales legales vigente por considerar que incurrió en desacato para el nombramiento de miembros de la Creg.
Solicito al Despacho Sustanciador: (...) el presente “recurso de apelación” e intervención en sede jurisdiccional de consulta; y que el Consejo de Estado, REVOQUE la providencia del 2 de octubre de 2024, mediante la cual se sancionó pecuniariamente al presidente de la República.
De acuerdo con lo que se expone en el escrito, la defensa del presidente Petro argumenta que el mandatario sí gestionó lo etsablecido en el fallo judicial que le ordenaba nombrar a los miembros de la Creg.
Las pruebas que presentó la Presidencia para apelar la sanción
En el apartado de pruebas radicado al Tribunal de Cundinamarca se indica que:
La presente intervención, en un primer momento se evidenciarán las gestiones que se realizaron para dar cumplimiento a la orden de judicial, bajo dos perspectivas: antes y después del 31 de julio de 2024:.
A reglón seguido se demostrará la ausencia de responsabilidad subjetiva por parte del presidente de la República, en donde se
demostrará que no se cumplían los presupuestos jurídicos para imponer sanción.
Finalmente se cuestionará la competencia del Tribunal para imponer sanciones al presidente de la República.