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Cableoperadores deben pedir autorización para emitir señal de RCN TV

Tribunal dejó en firme decisión que prohíbe a operadores de televisión por suscripción emitir la programación de los canales privados.


Noticias RCN

may 15 de 2015
02:20 p. m.

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Los operadores de televisión por cable  no pueden emitir  las señales de los canales privados RCN Televisión y Caracol Televisión sin  previa autorización.
Así lo decidió  la sala civil del Tribunal Superior de Bogotá al resolver un recurso de apelación  que deja en firme las medidas cautelares de la Superintendencia de Industria y Comercio.
“Las cautelas decretadas son necesarias para garantizar que la convocada cumpla con las pautas previstas en la normatividad… acerca del eventual derecho que tengan los organismos de radiodifusión o telecomunicación, de autorizar o prohibir la retrasmisión de su señal por cualquier medio o procedimiento”, dice la decisión. 
Al dictar las medidas cautelares la Superintendencia de Industria  y Comercio argumentó que se debe respetar la propiedad intelectual  de la  programación de  los canales privados  y que estos son los propietarios de los contenidos. 
"Confirmar el auto N. 50872 de 2 de diciembre de 2014, proferido por la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, dentro del proceso verbal de competencia desleal promovido por Caracol Televisión S.A. y RCN Televisión S.A., contra UNE EPM Telecomunicaciones S.A.".
Con esta decisión el Tribunal Superior de Bogotá respalda plenamente la posición jurídica de los canales privados y de  la Superintendencia de Industria y Comercio  sobre la obligación que tienen los cableoperadores de pedir autorización para emitir la programación de RCN TV  y  Caracol TV.
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