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CAR prohíbe extracción de agua en tres manantiales de La Calera y reduce 40% permisos a Indega

La decisión incluye nuevas obligaciones ambientales, reducción del plazo de concesión a cinco años y suspensión inmediata ante fenómenos de sequía extrema.


Noticias RCN

abr 18 de 2026
06:09 p. m.

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La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) tomó una decisión histórica que marca un precedente en la gestión del recurso hídrico en Colombia.

Tras más de un año de estudios técnicos, análisis climáticos y procesos de participación ciudadana, la autoridad ambiental resolvió limitar drásticamente la captación de agua de la empresa Indega en el municipio de La Calera, Cundinamarca.

La CAR confirmó que "tomamos la decisión de negar la prórroga de la concesión de agua de la empresa Indega en el municipio de La Calera sobre los manantiales 5, 6 y 7".

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Esta medida implica que tres de los siete manantiales que utilizaba la embotelladora quedan completamente prohibidos para extracción de agua, una determinación calificada como sin precedentes por las autoridades regionales.

Los cuatro manantiales restantes (1, 2, 3 y 4) continuarán en operación, pero bajo condiciones significativamente más restrictivas.

La CAR comunicó que "tomamos la decisión de prorrogar el uso del recurso hídrico en los manantiales 1, 2, 3 y 4, sujetos a una serie de condiciones y obligaciones". Entre las principales restricciones figura una reducción del caudal autorizado en más de 40% y el acortamiento del plazo de concesión de 10 a 5 años.

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La justificación técnica de esta decisión se fundamenta en datos alarmantes sobre la disponibilidad del recurso. Según la CAR, "encontramos que en los últimos años se ha venido presentando una disminución paulatina de la oferta hídrica en esta misma cuenca, versus un aumento de la demanda".

Esta tendencia refleja los efectos del cambio climático en la región y la creciente presión sobre las fuentes de agua.

Las nuevas obligaciones ambientales impuestas a la empresa Indega incluyen la restauración de más de 50 hectáreas, la instalación de sistemas de medición en tiempo real y la garantía de suministro de agua para las comunidades cercanas.

Además, se estableció una cláusula crítica: "Frente a un fenómeno extremo de sequía, fenómeno de niño o disminución de la oferta hídrica en la microcuenca, se suspende de forma inmediata y absoluta el caudal otorgado".

Esta resolución representa un cambio de paradigma en la gestión del agua en Colombia, priorizando la protección del recurso hídrico y el acceso de las comunidades locales sobre los intereses comerciales.

Las entidades ambientales destacaron que esta decisión marca un precedente importante frente a los conflictos por el agua en el país, particularmente en el contexto de los desafíos que plantea el cambio climático.

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