¿Cómo solicitar la licencia por luto y en qué casos no aplica?

Licencia por luto en Colombia / Foto: Pixabay.

En Colombia los trabajadores tienen derecho a cinco días hábiles de ausencia remunerada por fallecimiento de un familiar.


Yhonay Díaz

abr 17 de 2023
06:30 p. m.

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Si bien es cierto, la licencia por luto en Colombia es un derecho para los trabajadores, no aplica en caso de fallecimiento de cualquier familiar, sino únicamente cuando se trata de padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros, cónyuge, compañero o compañera permanente, hijos adoptivos y padres adoptantes.

Esta licencia le permite al trabajador ausentarse de sus labores por un tiempo máximo de cinco días hábiles, es decir que, no incluye domingos ni festivos y que deben ser remunerados por el empleador.

Para que esta licencia pueda ser solicitada, el trabajador debe informar a su jefe inmediato el deceso de su familiar a la brevedad posible. Además, se requieren una serie de documentos que permitan certificar el fallecimiento de la persona y el parentesco con el empleado.

En contexto: Licencia por luto en Colombia: ¿A cuántos días tiene derecho el trabajador?

¿En qué casos no aplica la licencia por luto?

  • Cuando el familiar fallecido no es padre, madre hijo, hermano, abuelo, nieto, suegro, cónyuge, compañero o compañera permanente, hijo adoptivos y padres adoptantes del trabajador
  • La grave calamidad doméstica no implica una licencia por luto: afectaciones de salud, secuestro, daño fortuito en la vivienda del trabajador o de su familia por incendios, inundaciones o terremotos se aplicaría otro tipo de permiso

Es importante tener en cuenta que si toma el tiempo de licencia por luto sin tener derecho, en casos como los descritos, esta actuación podrá entenderse como abandono de cargo

Vea también: ¿Cuándo un trabajador puede señalar de acoso laboral al empleador?

¿Cómo solicitar licencia por luto en Colombia?

  1. Informar al jefe inmediato del fallecimiento del familiar:  padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros, cónyuge, compañero o compañera permanente, hijos adoptivos y padres adoptantes
  2. Entregar en recursos humanos copia del certificado de defunción 
  3. Si se trata de parentesco por consanguinidad, radicar copia del certificado de registro civil 
  4. En caso de relación conyugal, anexar copia del certificado de matrimonio 
  5. Si era compañero (a) permanente, realizar una declaración jurada de la relación
  6. En caso de familiar adoptivo, adjuntar copia del registro civil donde confirme el parentesco
  7. El pago de los cinco días correspondientes de la licencia debe hacerse en la consignación del salario
  8. Si el trabajador hace la solicitud, pero no entrega los requisitos, se tomaría como licencia no remunerada
  9. Si el trabajador solicita la licencia por el fallecimiento de una persona que no le otorgaba ese derecho, podrá ser sancionado

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