Condenan al Estado por desaparición durante toma del Palacio de Justicia

Mindefensa deberá pagar 1.600 millones de pesos a la familia de Gloria Anzola de Lanao, quien se encontraba en la sede del poder judicial cuando guerrilleros del M-19 tomaron el lugar.


Noticias RCN

oct 24 de 2016
09:12 p. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

El Ministerio de Defensa fue condenado a pagar una millonaria suma por la desaparición de una civil durante la toma del Palacio de Justicia de Bogotá realizada por la guerrilla M-19 en 1985, informó este lunes el Consejo de Estado.

El despacho deberá pagar 1.600 millones de pesos a la familia de Gloria Anzola de Lanao, quien se encontraba en la sede del poder judicial cuando guerrilleros del M-19 tomaron el lugar, indicó en un comunicado el máximo tribunal en lo contencioso administrativo.

Guerrilleros del M-19, que firmó un acuerdo de paz en 1990, tomaron el Palacio de Justicia el 6 de noviembre de 1985. Tras su recuperación por parte del Ejército al día siguiente, el saldo que quedó fue de un centenar de muertos -entre ellos 11 magistrados- y nueve desaparecidos.

Después de que el Ejército recuperara el edificio, "la víctima no apareció entre los muertos o heridos ni entre los rehenes que fueron llevados al Museo Casa del Florero y desde entonces sus familiares desconocen su paradero", agregó.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) declaró en una sentencia de 2014 la responsabilidad del Estado en la desaparición forzada de Anzola y otras personas en el marco de la operación militar para recuperar el control de la sede judicial.

En el fallo, la corte sostuvo que "existió un modus operandi tendiente a la desaparición forzada de personas consideradas sospechosas de participar en la toma o de ser colaboradores del grupo guerrillero M-19", explicó el Consejo de Estado.

El tribunal internacional concluyó que estas personas eran separadas del resto de los rehenes y trasladadas a instalaciones militares, en donde algunas fueron torturados y desaparecidas.

Basada en dicho fallo, la Sección Tercera del Consejo de Estado "liquidó los perjuicios por lucro cesante que no quedaron incluidos en la sentencia de la Corte Interamericana cuando ésta ordenó la indemnización de los daños causados a la familia de la víctima por su desaparición forzada, dinero que tendrá que ser reconocido por el Ministerio de Defensa".

AFP

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Otras noticias