Condenan al Estado por negligencia del Seguro Social
Tras ser ingresado en la clínica San Pedro Claver, un paciente apareció muerto en una calle de Bogotá.
Noticias RCN
02:37 p. m.
Los hechos ocurrieron en el año 2000 en la ciudad de Bogotá. Tras ser internado en la Clínica San Pedro Claver, un paciente apareció muerto tres días después en una calle de Bogotá. Aparentemente sedado, el paciente abandonó la clínica sin que médicos ni enfermeras se percataran.
Por tal razón, el Consejo de Estado condenó al Estado por faltar al principio del deber de custodia.
“Nunca se supo de qué manera salió del hospital. Tenía sus enfermeras, tenía sus médicos, pero es inexplicablemente que se da la salida de este paciente para terminar muerto en una calle de Bogotá”, afirmó Harold Penagos, abogado demandante.
El Consejo de Estado dejó en firme la condena contra el Seguro Social que obliga a indemnizar a la familia del paciente fallecido.
“El Consejo de Estado colombiano que debía tener el absoluto deber de cuidado sobre el paciente por aquello del depósito necesario”, explicó Penagos.
El Consejo de Estado dejó en claro que si bien la clínica no es responsable de la muerte del paciente, si era su obligación vigilarlo.
Textualmente el Consejo de Estado señala que “para la sala es claro que en el caso en concreto, el ISS a través de la clínica San Pedro Claver incurrió en una falla del servicio por actos extra médicos, en la medida en que no brindó seguridad y cuidado al paciente”.
El ISS había sido absuelto en primera instancia, sin embargo al revocar la decisión, el Consejo de Estado sienta jurisprudencia sobre los derechos de los pacientes en las clínicas y los deberes de la institución con el paciente.