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Confirman condena contra general (r) Yuber Aranguren por acoso sexual e injuria

Foto: Ejército Nacional

Según la información, la subteniente fue asediada y acosada de hecho y de palabra por su superior, el brigadier general Yuber Armando Aranguren Rodríguez, con la pretensión de obtener favores sexuales.


Noticias RCN

dic 15 de 2025
04:58 p. m.

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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra el general en retiro Yuber Armando Aranguren Rodríguez por los delitos de acoso sexual e injuria.

Esto, tras establecer que se valió de su posición de mando y de la estructura jerárquica del Ejército Nacional para hostigar y presionar a una subalterna con fines sexuales.

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De acuerdo con la sentencia, los hechos ocurrieron cuando Aranguren se desempeñaba como comandante de la Vigésima Séptima Brigada del Ejército, con sede en Mocoa.

“Desde su arribo y hasta el 16 de septiembre de dicha anualidad, la Subteniente en mención fue asediada y acosada de hecho y de palabra por su superior el Brigadier General Yuber Armando Aranguren Rodríguez con la pretensión de obtener favores sexuales sin su consentimiento”, se lee en el documento.

En ese contexto, la Sala concluyó que el oficial retirado acosó verbalmente, persiguió y asedió de manera persistente a una subteniente trasladada a esa unidad militar, conductas que nunca contaron con el consentimiento de la víctima.

Inicialmente, la Sala Especial de Primera Instancia había impuesto una condena de 40 meses y 12 días de prisión, además de inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo periodo y una multa equivalente a 849,58 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Sin embargo, al revisar el caso, se redosificó la pena y la fijó en 38 meses y 27 días de prisión.

El alto tribunal también rechazó las cinco nulidades presentadas por la defensa, incluida una retractación que el exmilitar intentó realizar de forma extemporánea frente a las expresiones injuriosas proferidas contra la víctima.

Para la Corte, no existen dudas sobre la responsabilidad penal de Aranguren ni elementos que permitan sostener que la subalterna hubiera mentido o manipulado la situación para obtener beneficios personales, como un traslado a otra ciudad.

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En su análisis, la Sala resaltó la credibilidad del testimonio de la víctima, el cual fue coherente, serio y respaldado por declaraciones de testigos, así como por otros elementos probatorios que corroboraron los hechos denunciados.

Además, aseguró que el procesado conocía el impacto lesivo de sus palabras y comportamientos en un entorno jerarquizado y tradicionalmente machista, más aún cuando recurrió a estereotipos de género y a la cosificación de la denunciante ante otros miembros de la brigada.

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