Consejo de Estado anuló la elección del senador César Augusto Pachón Achury
La elección del senador César Augusto Pachón Achury para el periodo 2022 - 2026, fue anulada por el Consejo de Estado este 14 de agosto.
Yhonay Díaz
11:50 a. m.
En horas de la mañana de este 14 de agosto se conoció el fallo del Consejo de Estado sobre la elección de César Augusto Pachón Achury como senador, por el Pacto Histórico, para el periodo 2022 - 2026, cargo que fue anulado en las últimas horas por haber incurrido en doble militancia.
En un documento de 64 páginas se leen los detalles de los argumentos que concibieron la anulación de su elección al Senado de la República.
De acuerdo con lo expuesto en la decisión del Consejo de Estado, "la elección del senador César Augusto Pachón Achury será anulada, al haber sido probado que incurrió en la causal de nulidad de doble militancia".
El documento explica que la decisión se tomó por "apoyar a los candidatos de Colombia Humana Gustavo Petro Urrego en la consulta presidencial y Pedro José Suárez Vacca a la Cámara de Representantes para Boyacá, a pesar de que para dichas elecciones la colectividad a la que pertenece, el MAIS, tenía aspirantes propios, los señores Arelis María Uriana Guariyu y José Giovany Pinzón Báez".
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¿Por qué César Augusto Pachón Achury incurrió en doble militancia?
Para el Consejo de Estado, Pachón Achury incurrió en doble militancia por apoyo a un precandidato de partido político diferente perteneciente a la misma coalición política, en medio de la consulta popular interpartidista.
“El 13 de marzo de 2022, el señor César Augusto Pachón Achury fue elegido como senador de la República, dentro la coalición denominada “Pacto Histórico” con el aval del Movimiento Alternativo Indígena y Social MAIS"
El movimiento MAIS eligió como precandidata presidencial a la líder indígena Arelis María Uriana Guariyu, pero César Augusto Pachón realizó actos de apoyo en favor de Gustavo Petro Urrego, precandidato de la Colombia Humana.
Lo mismo ocurrió con Pedro José Suárez Vacca a la Cámara de Representes para Boyacá, a pesar que tenía como aspirante a José Giovany Pinzón Báez.
“El demandado incurrió en la prohibición de doble militancia, que constituye causal de nulidad electoral, al apoyar al precandidato de Colombia Humana señor Gustavo Petro Urrego en la consulta presidencial a pesar de que para tal elección la colectividad a la que pertenece, el MAIS, tenía aspirante propia, la señora Arelis María Uriana Guariyu”, explicó el fallo.