Consejo de Estado anuló norma que prohíbe el trabajo infantil en las calles de Bogotá

El alto tribunal considera que el Código de Policía de la capital viola la constitución y el derecho de los menores de edad a trabajar.


Noticias RCN

jun 16 de 2015
07:53 a. m.

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Un fallo del Consejo de Estado anuló dos artículos del Código de Policía de Bogotá en los que se prohibía que los menores de edad llevaran a cabo cualquier tipo de trabajo en las calles de la capital.

Según el alto tribunal, la norma policiva está basada en la política de espacio público adoptada en la capital, viola la constitución y una autoridad distrital no puede afectar el derecho al trabajo.

“No encuentra justificación alguna la Sala para que a través de una norma de carácter policivo administrativo, se les impida a los menores de edad ejercer el derecho al trabajo en aras de preservar los espacios públicos”, sostiene el fallo.

Según el Consejo de Estado, la Constitución permite que los menores trabajen y el Código de Policía de Bogotá estaría violando tal derecho: “establece que serán protegidos contra toda forma de explotación laboral, lo cual implica que sí se les reconoce que pueda trabajar, siempre y cuando no sea de manera excesiva y bajo unas condiciones de respeto por su dignidad.”

En la decisión, el tribunal determina además que la Policía tampoco puede prohibir que menores de edad participen en manifestaciones públicas como marchas o plantones.

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