Consejo de Estado le ordena al presidente Petro abstenerse de publicar propaganda electoral
La demanda fue interpuesta por una fundación, la cual aseguró que el mandatario estaba haciendo propaganda a favor de un partido o grupo político.
Noticias RCN
03:32 p. m.
El Consejo de Estado le ordenó al presidente Gustavo Petro abstenerse de publicar propaganda electoral. Esto, luego de una demanda en la que se asegura que estaría incurriendo en esta práctica.
La Fundación para el Estado de Derecho (FEDE) presentó una demanda por la presunta difusión de propaganda, tanto directa como indirectamente, por parte del jefe de Estado.
¿El presidente Petro ha intervenido en política?
Para el demandante, el presidente ha difundido mensajes a favor de ciertos partidos y políticos, así como en contra de los sectores opositores que están siendo candidaturas rivales en la contienda.
Este contenido no lo habría compartido solamente en sus cuentas personales de redes sociales, sino también a través de los canales oficiales del Departamento Administrativo de Presidencia (Dapre).
Asimismo, se recordó que, a finales de septiembre de 2023, la Misión de Observación Electoral (MOE) señaló que algunos mensajes de Petro podrían incurrir en intervención en política y afectar las elecciones regionales que en este momento se llevaban a cabo.
Desde ese momento, hubo varios mensajes que habrían tenido relación con la política. Se recuerda, por ejemplo, uno en enero de 2024 refiriéndose a los congresistas para formar un Frente Amplio y así “ganar las elecciones de 2026”.
¿Los funcionarios públicos no pueden difundir propaganda?
A lo largo de la demanda se mencionan varios trinos en X y discursos que respaldarían esa sospecha de que intervino en política.
En un principio, el proceso estuvo en manos del Tribunal Administrativo de Cundinamarca; pero tras el fallo de primera instancia, se impugnó para que el Consejo de Estado decidiera en la siguiente instancia.
La Constitución y la Corte Constitucional han sido claras en indicar que los empleados públicos (exceptuando a los de la rama judicial, órganos electorales, de control y de seguridad) no pueden difundir propaganda electoral a favor o en contra de partidos o candidatos.
Partiendo de ello, se revocó la sentencia de primera instancia y se le ordenó al mandatario abstenerse de esto. Además, se incluyó al procurador general de la Nación para que vigile el cumplimiento de la decisión.