Consejo de Estado ordena a la Fiscalía crear una Unidad de investigación de delitos contra menores

Foto: Archivo Noticias RCN /Fiscalía General de la Nación

Dicha unidad debe ser creada en un plazo de seis meses y debe contar con la participación del CTI.


Noticias RCN

mar 08 de 2024
01:02 p. m.

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El Consejo de Estado le ordenó a la Fiscalía que, a más tardar en seis meses, constituya la Unidad Especial de Investigación de Delitos Priorizados Cometidos Contra la Infancia y la Adolescencia. 

Con una demanda, el Consejo de Estado ordenó al ente acusador que “defina, reglamente, integre y ponga en pleno funcionamiento la una Unidad Especial de Investigación de Delitos Priorizados Cometidos Contra la Infancia y la Adolescencia –UEIDPCIA–”. 

La demanda del Consejo, emitida el 29 de febrero de 2024, pide “dar estricto cumplimiento a los artículos 3º, 4º y 6º de la Ley 2205 de 2022, mediante la cual se modifican los artículos 175 y 201 de la Ley 906 de 2004, en favor de la infancia y la adolescencia en Colombia”.

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¿Qué dice la Ley 2205?

El artículo 3 de la ley 2205 determina que la Fiscalía General de la Nación debe contar con “una Unidad Especial de Investigación de Delitos Priorizados Cometidos Contra la Infancia y la Adolescencia –UEIDPCIA–, con equipos técnicos y profesionales suficientes e idóneos del Cuerpo Técnico de Investigación”, dice el documento. 

Los otros dos artículos establecen dos plazos de seis meses y un año para diseñar, coordinar e implementar dicha Unidad. Sin embargo, estos límites de tiempo no se han cumplido y que “no se ha reglamentado, implementado ni puesto en funcionamiento la UEIDPCIA”. 

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La ley 2205 asegura que “no se puede dejar pasar que la UEIDPCIA fue creada para la protección de sujetos de especial protección constitucional como lo son los niños, niñas y adolescentes, asunto que denota su relevancia y urgencia en su puesta en funcionamiento”.

Los antecedentes 

El 16 de agosto de 2023 se admitió una solicitud de cumplimiento contra la Fiscalía quien argumentó contra la decisión alegando que había poca claridad en algunas disposiciones dadas por la Ley 2205 como dónde debía ser ubicada la UEIDPCIA dentro de la estructura del ente acusador.

Además, la Fiscalía argumentó, en ese momento, que en los plazos dados por la ley 2205 se “desconoce el artículo 253 de la Constitución Política y la sentencia C-245 de 2001, porque la estructura y determinación de competencias internas de la Fiscalía son materias de reserva legal, por ende, mientras que no se adopten las reformas legales correspondientes que permitan la entrada en funcionamiento de la UEIDPCIA, no es posible su puesta en funcionamiento”, dice la demanda del Consejo de Estado. 

“Si bien la FGN [Fiscalía General de la Nación] indicó que creó un equipo de investigación, a través de la Resolución 0409 del 25 de agosto de 2023, para la atención de delitos que afecten a mujeres, niños, niñas y adolescentes, lo cierto es que éste no se conformó con fundamento en la Ley 2205 de 2022 [...] En ese sentido, se concluyó que no podía tenerse por acatado el mandato legal”, dice el documento que recuenta la sentencia de primera instancia tras el proceso iniciado en agosto de 2023.

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