Presidente Petro no tendrá que pagar sanción por nombramientos de la Creg: Consejo de Estado revocó el fallo

Foto: Presidencia de la República.

El Consejo de Estado determinó que no hubo desacato. ¿Cuáles fueron sus argumentos? Estos son los detalles:


Noticias RCN

nov 05 de 2024
03:14 p. m.

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca , a través de un Auto del 2 de octubre de 2024, sancionó al presidente Gustavo Petro por un presunto desacato para nombrar a seis comisionados expertos de la Creg.

Esto sucedió después de que Gilberto Augusto Blanco Zúñiga demandó al máximo mandatario bajo el argumento de que "con un escrito radicado el 3 de julio de 2024, la procuradora 25 judicial II administrativa informó sobre el incumplimiento por parte del presidente de la República de la orden impartida en la sentencia del 25 de enero de 2024 y solicitó iniciar desacato".

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En esa sentencia se había planteado que el presidente tenía un plazo de 30 días hábiles para realizar todos los nombramientos y que el mismo venció el 20 de junio de 2024 sin que esa gestión se llevara a cabo por completo. En consecuencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió que el mandatario tenía que pagar cinco salarios mínimos.

Sin embargo, el Consejo de Estado revisó esa determinación, analizó los argumentos que ha entregado la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República y la revocó.

Las razones por las que el Consejo de Estado revocó el fallo en el que el presidente Petro tenía que pagar cinco salarios mínimos

El Consejo de Estado revisó la sentencia del 25 de enero y encontró que el plazo de 30 días era para avanzar en el trámite de los nombramientos, pero no necesariamente para que concluyera todo el proceso.

"La sentencia no exigió que los nombramientos fueran en ese término, sino que se asegure el proceso y requisitos legales para integrarlos en propiedad. En resumen, cumplir con la orden no implicaba que los seis nombramientos tuvieran que estar finalizados dentro de los 30 días", explicó el Consejo de Estado.

Además, el Consejo de Estado halló que el presidente ha realizado tres nombramientos para la Creg. Se trata de Baisser Antonio Jiménez Rivera, Fanny Elizabeth Guerrero Maya y William Abel Mercado Redondo. En consecuencia, evidenciaron que las gestiones sí se han adelantado.

"La Sala no encuentra razones para confirmar la sanción impuesta, pues los trámites que se han adelantado han sido eficaces, necesarios, prioritarios y útiles, lo que denota el interés, diligencia e importancia debida para obedecer la orden judicial", enfatizó también el Consejo de Estado.

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En ese sentido, tomaron la decisión de revocar el fallo del 2 de octubre, en el cual se ordenaba que el presidente Gustavo Petro tenía que pagar cinco salarios mínimos.

¿Qué más determinó el Consejo de Estado tras esta revocatoria al fallo contra el presidente Petro?

El Consejo de Estado, teniendo en cuenta que el nombramiento de los expertos de la Creg sigue en curso, le ordenó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca que continúe revisando el proceso.

"Ordenar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C, que continúe con la vigilancia de las actuaciones informadas por la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República en cuanto al nombramiento de la totalidad de los expertos comisionados de la Creg", concluyó el Consejo de Estado.

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