Corte Constitucional: a través de Facebook no se pueden cobrar deudas

Los usuarios que realicen cobros por Facebook podrán ser obligados a retractarse públicamente en la red social.


Noticias RCN

mar 18 de 2016
08:36 a. m.

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En un fallo reciente, la Corte Constitucional advirtió que a través de la red social Facebook no se pueden cobrar deudas, ya que se está afectando la intimidad de la persona señalada. 
El alto tribunal aseguró que las redes sociales son espacios abiertos de interacción y que si son utilizados de manera inadecuada pueden convertirse en medio para afectar el buen nombre y la honra de las personas que la utilizan.  
"No conlleva un interés público y hace parte de la intimidad de la demandante", precisó el alto tribunal en su fallo sobre el cobro de deudas en Facebook. 
Además, la Corte considero que las mismas normas que aplican a los medios de comunicación pueden ser usadas por los jueces para determinar la responsabilidad de las personas cuando utilizan la red social Facebook para exigir el pago de deudas. 
"Entre redes sociales y medios de comunicación (…) en la evaluación del correcto ejercicio de la libertad de expresión las reglas aplicables son las mismas para ambos". 
Los usuarios que realicen cobros por Facebook podrán ser obligados a retractarse públicamente en la red social, en los mismos términos que se realizó el ataque verbal.
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