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Corte Constitucional exhorta al Gobierno y al Congreso a crear política pública sobre el derecho al cuidado

FOTO: Corte Constitucional

El fallo se originó en las acciones de tutela presentadas contra Emssanar EPS y Sanitas EPS.


Noticias RCN

may 26 de 2026
08:28 a. m.

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La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional profirió la sentencia T-022 de 2026 en la que analizó dos tutelas interpuestas en favor de mujeres de la tercera edad con graves limitaciones de movilidad.

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El alto tribunal reiteró que el derecho fundamental al cuidado debe garantizarse de manera integral y exhortó al Gobierno y al Congreso de la República a diseñar, sin más dilaciones, una política pública que regule este derecho.

El fallo se originó en las acciones de tutela presentadas contra Emssanar EPS y Sanitas EPS, en las que se solicitaba la prestación de servicios de enfermería domiciliaria para Yolanda, de 81 años, y Bertha, de 91 años, ambas con enfermedades crónicas y degenerativas. La Corte recordó que la atención en salud para adultos mayores debe ser continua, oportuna y sin barreras administrativas.

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Diferencia entre cuidador y enfermería

La sentencia precisó que el cuidado es una labor asistencial no profesional, generalmente asumida por el núcleo familiar, mientras que la enfermería es un servicio especializado incluido en el Plan de Beneficios en Salud (PBS). Por ello, la atención de enfermería requiere personal calificado y tiene un carácter técnico y profesional.

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En el caso de Yolanda, la Corte ordenó conceder el tratamiento integral y garantizar directamente el servicio de enfermería, además del suministro de insumos como pañales y cremas. En el caso de Bertha, dispuso una valoración interdisciplinaria para definir los servicios requeridos y, de ser necesario, garantizar tanto enfermería como cuidador.

La urgencia de una política pública sobre el cuidado

Más allá de los casos concretos, la Corte Constitucional subrayó la urgencia de que el Estado colombiano avance en la creación de una política pública sobre el derecho al cuidado, que permita atender de manera estructural las necesidades de las personas en situación de dependencia.

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El tribunal advirtió que la ausencia de una regulación clara perpetúa la vulnerabilidad de adultos mayores y personas con enfermedades crónicas, y reiteró que el cuidado no puede seguir siendo una carga exclusiva de las familias, sino un derecho fundamental que requiere respaldo institucional.

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