Corte Constitucional tumba prohibición de consumo de droga y alcohol en el espacio público

La decisión del alto tribunal deja sin piso jurídico el decreto presidencial de octubre pasado que ordenaba a las autoridades el decomiso de la dosis mínima.


Noticias RCN

jun 06 de 2019
05:57 p. m.

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La Corte Constitucional tumbó este jueves la ley que prohibía el consumo de drogas y alcohol en el espacio público y que estaban contempladas en los artículos 33 y 140 del Código de Policía.

El alto tribunal consideró que los artículos violaban el derecho al libre desarrollo de la personalidad y por lo tanto fueron declarados inexequibles.

La demanda que derivó en el fallo argumentaban que la prohibición viola la Constitución al desconocer los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la expresión y al acceso al espacio público.

“El legislador viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad al prohibir de forma general so pena de medidas de policía el consumo de bebidas alcohólicas y sicoactivas en espacio público, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan a lo público como forma de proteger la tranquilidad y las relaciones respetuosas”, explicó la magistrada Diana Fajardo.

La togada indicó que “existen otros medios de policía previstos en el mismo código para lograr la misma finalidad sin que se sacrifique tan intensamente una libertad”.

Vea también: "No queremos ver los parques convertidos en refugio de jíbaros": Duque

Sobre la protección al espacio público, que fue uno de los argumentos para sacar adelante la prohibición, Fajardo explicó “que no se muestra por qué se considera que el medio es adecuado para alcanzar el fin buscado”.

“No se advierten ni se dan elementos de que haya una relación entre el consumo de bebidas alcohólicas y las sustancias sicoactivas con el irrespeto y la destrucción del espacio público”. Argumentó.

Con la decisión de la Corte quedaría sin piso jurídico la orden que dio el presidente Duque en octubre pasado de decomisar la dosis mínima en el espacio público.

Precisamente contra ese decreto cursan en este momento varias demandas ante el Consejo de Estado que al fallar debería tener en cuenta el reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional.

Con la decisión de la Corte quedaría sin piso jurídico la orden que dio el presidente Duque en octubre pasado de decomisar la dosis mínima en el espacio público.

“Al declararse inexequible (la prohibición), es probable que deban revisarse los decretos que se expidieron con base en esas normas”, aseguró la magistrada Gloria Ortiz.

Precisamente contra ese decreto cursan en este momento varias demandas ante el Consejo de Estado que al fallar debería tener en cuenta el reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional.

Al respecto el presidente Duque asegura que acata el fallo, pero que seguirá trabajando para combatir el microtráfico.

“Como presidente de Colombia no voy a descansar un solo minuto que debemos destinar a cerrar ollas de microtráfico, a liberar los parques, a liberar los entornos escolares, porque así como nosotros enfrentamos los cultivos ilícitos, vamos a enfrentar con toda la determinación el microtráfico en todos los rincones de este país”, indicó.

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