Corte Constitucional ordenó reparación integral a víctimas de falsos positivos

Balance del encuentro de Comisión de la Verdad sobre falsos positivos/Foto: @ComisionVerdadC/Twitter.

El tribunal estudió dos tutelas contra fallos anteriores que habían negado la responsabilidad del Estado en ejecuciones extrajudiciales.


Noticias RCN

nov 27 de 2024
06:13 p. m.

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La Corte Constitucional ordenó reparar a las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales en el contexto del conflicto armado, episodio más conocido como falsos positivos. Esto basados en dos tutelas en las que se negó la reparación a las víctimas, aunque se presentaron incongruencias en los relatos de los miembros del Ejército.

“Revocar la sentencia del 12 de octubre de 2023 de la Subsección A de la Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado y, en su lugar, Confirmar Integralmente la sentencia del 19 de julio de 2023 de la Sección Cuarta de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado que concedió el amparo”, aseguró la Corte a través del auto emitido el 20 de noviembre.

Además de lo anterior, la Corte también decidió revocar la sentencia del 4 de abril de 2024 de la Sección Quinta de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado y confirmar la sentencia del 15 de febrero de 2024 de la Sección Cuarta de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado.

¿Por qué la Corte decidió ordenar reparación a las víctimas de los falsos positivos?

La decisión de la Corte llega después de que el alto tribunal estudiara dos acciones de tutela en contra de las referidas sentencias dentro de procesos de reparación directa con las que se negó el reconocimiento de la responsabilidad del Estado por el fallecimiento de personas, presuntamente, a causa de ejecuciones extrajudiciales.

En ambas tutelas se aseguró que “la Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado incurrió en un defecto fáctico y desconoció precedentes relevantes en la materia”.

Para la Corte en "ambos expedientes se desconoció el precedente definido por la Corte Constitucional y el precedente horizontal derivado de la jurisprudencia del Consejo de Estado. Esto ocurrió por el incumplimiento de las cargas de transparencia y argumentación exigidas por la jurisprudencia para el apartamiento del precedente. Además, dicho desconocimiento concurrió con la configuración de un defecto fáctico por indebida valoración probatoria".

JEP publicará nombres de 'falsos positivos'

A través de X la Justicia Especial para la Paz aseguró que, a través de varios autos dará a conocer los nombres de las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales.

"La JEP dará a conocer los nombres de las víctimas identificadas en seis autos de determinación de hechos y conductas en los cuales han sido imputados los máximos responsables por asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado".

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