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Corte Suprema toma importante decisión sobre condena de ‘Epa Colombia’: ¿Qué pasó?

Epa Colombia.: Captura de pantalla entrevista de Noticias RCN.

La influencer está cumpliendo una pena en prisión por hechos ocurridos en noviembre de 2019.


Noticias RCN

jul 15 de 2025
07:18 p. m.

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La Corte Suprema negó la impugnación que ‘Epa Colombia’ hizo sobre su condena de cinco años y dos meses de prisión por su papel durante las manifestaciones en el estallido social de noviembre en 2019.

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‘Epa Colombia’ instauró una tutela para que se protegieran sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, defensa, dignidad humana, libertad de expresión, protesta, entre otros.

La tutela de ‘Epa Colombia’

La creadora de contenido impugnó la condena por el delito de instigación a delinquir con fines terroristas: “No es aplicable (…) Aduce que, de haber existido instigación, esta se circunscribió al delito de daño en bien ajeno y no al terrorismo, razón por la cual debería imponerse únicamente una sanción de multa sin exclusión de beneficios penales”.

Asimismo, afirmó que no se valoró correctamente el tiempo que transcurrió entre cuando aceptó cargos, por lo que habría hecho el delito excarcelable. También recalcó la importancia de la reparación del daño como criterio para extinguir la acción penal.

Justificó la necesidad de recuperar su libertad con el argumento del impacto de su reclusión en su entorno familiar, particularmente en la crianza y bienestar de su hija menor de edad.

Después de acumular la otra tutela en relación con este caso, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema negó el amparo constitucional: “La decisión cuestionada era razonable y no contenía defectos lesivos de las garantías constitucionales que la tutelante reclamó”.

Corte Suprema confirmó el fallo impugnado

Esta decisión fue impugnada por ‘Epa Colombia’, solicitando su revocatoria. Para ello, se respaldó en los mismos planteamientos iniciales.

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Cuestiona la ausencia de un análisis detallado acerca de los agravios planteados, lo que impide verificar la corrección del razonamiento judicial, afecta el derecho de contradicción y el acceso efectivo a la justicia.

Una magistrada de la misma sala señaló que “la repetición insistente de solicitudes semejantes contribuye a la congestión judicial, por lo cual instó a los peticionarios a abstenerse de continuar con dicha práctica”.

Teniendo en cuenta este contexto, la Corte Suprema confirmó el fallo impugnado. Es decir, mantuvo la condena contra ‘Epa Colombia’.

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