Corte Suprema ratificó condena contra líder barrista Felipe Muñoz
La sentencia se tomó contra el líder de la barra de Atlético Nacional, Felipe Muñoz, por el delito de aborto sin consentimiento.
Noticias RCN
07:08 p. m.
La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena en contra del líder de la barra brava de Atlético Nacional, Felipe Muñoz, por el delito de aborto sin consentimiento (art. 123, L. 599/00) sobre una mujer con la que tuvo relaciones sexuales algunos años y a la que obligó a abortar brindándole una bebida con una sustancia especial, según se explicó en el expediente.
Andrés Felipe Muñoz, líder de la barra Los del Sur, deberá pagar una pena de siete años de cárcel (85 meses) por el delito de aborto sin consentimiento y así se confirmó este viernes 7 de marzo, luego de que la Corte Suprema de Justicia ratificara la condena que se la había impuesto en segunda instancia.
Caso de Felipe Muñoz, líder de la barra de Nacional
De acuerdo con el expediente, Milena Uribe Restrepo y Andrés Felipe Muñoz Lara tuvieron encuentros sexuales ocasionales durante aproximadamente 4 años. El último de estos encuentros 2 ocurrió entre la media noche del 31 de diciembre de 2017 y la madrugada del 1º de enero de 2018.
El 2 de febrero de 2018, Milena Uribe Restrepo, de 27 años en aquel entonces, tuvo conocimiento de que estaba en embarazo por una prueba de la hormona «Beta – HCG» que le fue practicada y le informó a Andrés Felipe Muñoz (de 38 años), quien le solicitó que abortara, pero ella se negó. Ante la insistencia mantuvo su decisión, luego de esto el sujeto asumió una “actitud amistosa” y le solicitó que se vieran personalmente.
Al día siguiente, en la noche, Andrés Felipe Muñoz acompañó a Milena Uribe Restrepo a realizarse exámenes de laboratorio en la Clínica Las Vegas de Medellín. En el parqueadero de ese lugar, mientras esperaban los resultados, le ofreció para que tomara un jugo que contenía una sustancia abortiva identificada como «MISOPROSTOL».
Condena a Felipe Muñoz
Como consecuencia de la ingesta de esta bebida, entre el 4 y 5 de febrero de 2018 Milena tuvo un «aborto o cesación del proceso de gestación», lo cual ameritó su hospitalización y que le fuera practicado un procedimiento de legrado uterino.
Así entonces, a Felipe Muñoz se le impuso una condena de 85 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y su grupo familiar por el mismo tiempo. Además, le concedió la prisión domiciliaria supeditada al pago de una caución y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el numeral 4º del artículo 38B del Código Penal.