Decisión de la Corte Constitucional sobre la información que se sube a Facebook y redes sociales

El tribunal aseguró que así una persona sea cobijada por una orden de captura, las supuestas víctimas no lo pueden acusar públicamente sin que exista una sentencia.


Noticias RCN

abr 19 de 2018
08:56 a. m.

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El hermano de una víctima no aguantó y publicó la foto del supuesto autor del asesinato en Facebook, en el señalamiento publicó el nombre del hombre buscado por la Fiscalía, sin percatarse que en las redes sociales no se podía acusar al presunto agresor sin que haya fallo que comprobara la responsabilidad penal.

Expertos aseguran que las reglas que aplican a periodistas sobre la comprobación de la información son las mimas que deben emplear los usuarios de redes sociales.

“No puedes alterar la información, no puedes señalar a alguien que tiene una orden de captura, que apenas está enfrentando el proceso como si ya hubiese sido condenado”, dijo el abogado Alejandro Sánchez.

La Corte obligó a la persona que publicó la foto a desmontarla del muro, así sea un hermano de la persona asesinada. Dice que el intenso dolor que siente no puede afectar los derechos de terceros.

“La persona tiene derecho al buen nombre siempre y ahí es que mirar hasta donde va esa limitación, no hay ningún derecho absoluto”, aseguró el abogado Iván Cancino.

El mensaje de la Corte es que las redes sociales no pueden ser una vía para desprestigiar a otro.

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