Defensoría del Pueblo: la reforma pensional cumplió con el proceso legislativo

La Defensoría del Pueblo publicó un comunicado en el que defendió la validez del proceso, argumentando que la aprobación de la norma se realizó dentro del marco constitucional y reglamentario.

Noticias RCN
02:44 p. m.
La reciente reforma pensional en Colombia, establecida mediante la Ley 2381 de 2024, ha generado un debate sobre su constitucionalidad, específicamente en relación con el cumplimiento del principio de consecutividad en su trámite legislativo.
Defensoría asegura que reforma pensional cumplió con trámite legislativo
En este contexto, la Defensoría del Pueblo publicó un comunicado en el que defendió la validez del proceso, argumentando que la aprobación de la norma se realizó dentro del marco constitucional y reglamentario.
La acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley 2381 de 2024 se fundamenta en la supuesta omisión del debate legislativo por parte de la Cámara de Representantes.
Según el demandante, esta instancia legislativa se limitó a aprobar el texto previamente sancionado por el Senado sin realizar una deliberación sustancial, lo que, en su opinión, vulneraría el principio de consecutividad establecido en el artículo 157 de la Constitución.
El principio de consecutividad exige que toda ley pase por cuatro debates reglamentarios en el Congreso para garantizar la transparencia del proceso y la participación efectiva de los legisladores.
En este caso, la omisión de un debate podría considerarse un vicio de procedimiento que afectaría la validez de la norma.
Ante estos señalamientos, la Defensoría del Pueblo ha sostenido que el trámite legislativo de la Ley 2381 de 2024 sí cumplió con los requisitos constitucionales.
Defensoría respalda reforma pensional
Según su postura, los textos fueron discutidos en ambas cámaras del Congreso y los congresistas tuvieron acceso a la información necesaria para tomar una decisión informada.
Además, la Defensoría argumenta que la aprobación de un proyecto sin modificaciones no implica, por sí sola, la omisión de un debate.
En su análisis, el proceso legislativo debe ser entendido como un desarrollo continuo, en el que las diferentes etapas contribuyen a la construcción de la voluntad democrática del Congreso.
La Cámara de Representantes, al aprobar el texto sin modificaciones, lo hizo con pleno conocimiento de su contenido y en ejercicio legítimo de sus facultades.
En última instancia, la decisión sobre la validez de la reforma recae en la Corte Constitucional, cuya evaluación marcará un precedente importante en la interpretación del principio de consecutividad y en la validez de futuros procesos legislativos en el país.