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Destituyeron a funcionario de la Universidad Nacional por maltrato laboral contra una mujer

Foto: Procurduría

El sujeto enviaba correos electrónicos con expresiones injuriosas y ofensivas contra una funcionaria de la institución.


Valentina Bernal

oct 15 de 2026
04:05 p. m.

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La Procuraduría General de la Nación impuso una sanción disciplinaria contra Jorge Daniel Montenegro Torres, auxiliar administrativo de la División de Bibliotecas de la Universidad Nacional de Colombia, por conductas que el organismo calificó como maltrato laboral y violencia de género.

La decisión contempla su destitución del cargo y una inhabilidad por diez años para ejercer funciones públicas.

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De acuerdo con el Ministerio Público, las conductas investigadas afectaron el buen nombre y la dignidad de una funcionaria de la institución educativa.

¿Qué hizo el funcionario para recibir la sanción?

Según la Procuraduría, durante la actuación disciplinaria se estableció que envió correos electrónicos a varios usuarios en los que formuló acusaciones contra una funcionaria de la Universidad Nacional.

El organismo de control señaló que esos mensajes contenían expresiones injuriosas, ofensivas e irrespetuosas, que excedían los límites del trato adecuado en el entorno laboral.

La conducta fue evaluada por la Procuraduría como una forma de maltrato laboral, debido a que los mensajes estaban dirigidos contra otra integrante de la institución y contenían señalamientos que, según el fallo, afectaban su honra y dignidad.

¿Por qué la Procuraduría calificó la falta como gravísima?

El Ministerio Público consideró que las actuaciones atribuidas al funcionario constituían violencia de género, injuria y calumnia. Según la entidad, estos comportamientos representaron una afrenta contra el buen nombre y la dignidad de la mujer afectada.

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Por la naturaleza de los hechos y la forma en que se habrían cometido, la Procuraduría calificó la falta como gravísima a título de dolo. Esto significa que, dentro del análisis disciplinario, consideró que la conducta fue realizada de manera intencional.

La sanción impuesta fue la destitución del cargo y la inhabilidad general por diez años, una medida que restringe durante ese periodo el ejercicio de funciones públicas, conforme al alcance de la decisión disciplinaria.

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