Duque descarta decretar, por ahora, la conmoción interior en el país

Foto: Archivo particular.

Para el presidente de la República, pese a que es una herramienta que tiene la Constitución y que le sugirió el uribismo, aún no se va a optar por esta opción.


Noticias RCN

may 07 de 2021
10:29 p. m.

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El presidente Iván Duque se refirió este viernes de nuevo a la petición de sectores uribistas que han solicitado decretar la conmoción interior e indicó que, pese a que se trata de una herramienta que tiene la Constitución, aún no se va a optar por esta opción para terminar con las protestas nacionales.

“Sobre la Conmoción Interior hay muchas noticias falsas que circulan en redes. Reitero: nosotros, en este momento, utilizamos todas las herramientas ordinarias que nos dan la Constitución y la Ley, pero, como sociedad, insisto, debemos rechazar bloqueos y conversar para construir”, afirmó.

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El mandatario señaló que, por ahora, el Gobierno Nacional está utilizando todas las herramientas de la ley y va a seguir aplicándolas, y confió en que “toda la sociedad, que todos juntos tenemos que conversar”.

La propuesta de decretar el estado de conmoción interior surgió del partido Centro Democrático y ha despertado varios cuestionamientos por parte de la sociedad civil, en tanto, el desconocimiento parcial de la medida ha generado especulaciones que han traducido en críticas y temor a una eventual adopción.

Noticias RCN consultó con expertos en la materia jurídica, con el fin de conocer los alcances, dinámicas y fines de la medida que está consignada en el artículo 213 de la Constitución Nacional.

Para el abogado y editor de Seguridad Nacional de Noticias RCN, Jairo Libreros, esta medida va orientada a preservar la estabilidad institucional, atender a graves situaciones de convivencia ciudadana, y preservar la seguridad del Estado; algunos aspectos que podrían verse afectados en el marco de la actual situación.

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Según explicó Libreros, esta medida, en caso de querer ser aplicada por el presidente de la República, requiere de la firma de la totalidad de los miembros del gabinete ministerial, y traduce en algo que no es diferente a un Estado de Excepción.

En la vigencia de esta medida, el Gobierno Nacional tendría la capacidad de emitir decretos legislativos; sin embargo, según explica Libreros, estos solamente podrán estar encaminados en temas que estén relacionados con la raíz de las alteraciones del orden público, abogando por su solución.

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El experto advierte que los decretos legislativos no pueden reñir ni suspender los derechos humanos, ni tampoco ser un obstáculo para las libertades individuales y el equilibrio de las distintas ramas del poder.

A partiir de que se decrete el estado de Conmoción interior, la medida tendrá una vigencia de 90 días, con la oportunidad de extenderlo en solo dos ocasiones.

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