¿El CNE como entidad administrativa puede investigar al presidente Gustavo Petro?

Exmagistrados, abogados constitucionalistas y expertos discuten las posibilidades de que el CNE pueda investigar la más alta dignidad del país.


Noticias RCN

may 09 de 2024
05:19 p. m.

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Crece la controversia por las facultades que tendría el Consejo Nacional Electoral (CNE), si se aprueba en sala plena la solicitud de dos magistrados de abrir investigación y formular cargos contra el presidente Gustavo Petro.

El mandatario ha señalado que no puede ser investigado por una autoridad administrativa.

Los magistrados Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada radicaron una ponencia donde se formulan cargos a la campaña del presidente Gustavo Petro por presuntas irregularidades en dineros no registrados en los libros contables.

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¿El CNE tiene competencias para investigar al presidente?

Un exmagistrado del CNE dio su punto de vista sobre la situación: “Yo no pensaría que al presidente se le pueda formular cargos, hay una inconsistencia porque eso es competencia del Congreso”.

“Si eso fuera así, tendría que compulsar copias para la Comisión de Acusaciones en un juicio de dignidad política estableciera la pérdida del cargo”, respondió Juan Manuel Charry, abogado constitucionalista.

Para otros juristas, al ser el único organismo electoral que investiga la materia sí tendría competencia en materia electoral.

Sócrates Saavedra, abogado y profesor universitario indicó que “En el caso del presidente de la República, la Constitución no le otorga facultad expresa a la Comisión de Acusación de la Cámara para conocer asuntos electorales, cosa que sí hace sobre la responsabilidad penal y por indignidad del presidente”.

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El curso de la ponencia para investigar al presidente Petro

La solicitud que fue radicada en una ponencia ante el CNE debe pasar por unos procesos para decidirse en la Sala Plena.

Por el momento se trata de un proyecto de fallo que no aún ha sido aprobado por la corporación y que deberá ser sometido a estudio por los nueve magistrados.

Una vez la ponencia sea debatida deberá tener al menos seis votos para que sea aprobada.

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