¿En qué situaciones puede ser suspendida o cancelada una licencia de conducción?

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El conocimiento de las normas de tránsito no sólo le sirven para evitar multas, en algunos casos también le serán útiles para hacer valer sus derechos ante eventuales abusos de autoridad.


Noticias RCN

jun 12 de 2020
11:57 a. m.

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Actualmente en nuestro país, el tránsito y todo lo relacionado a los actores viales, como las normas y sanciones, se encuentran contenidas en el Código Nacional de Tránsito.

Conocer las normas de tránsito no es solo un deber como personas responsables tras el volante, con el ánimo de evitar cometer infracciones y evitar pagar multas, sino también para hacer frente a eventuales irregularidades y abusos de poder por parte de las autoridades.

En este caso, conocer sus deberes también le servirá de herramienta para hacer valer sus derechos.

Escenarios de suspensión

Sobre la particularidad de los motivos o causas por las cuales puede o debe ser suspendida la licencia de conducción, es importante saber que estas están establecidas en mencionado código a través de su artículo 26.

La primera de las causales se refiere a los escenarios en donde el conductor evidencia imposibilidades; temporales o permanentes, de carácter físico y mental para poder estar tras el volante. Para que dicha suspensión o cancelación sea efectiva, las autoridades de tránsito deben sustentarlo debidamente a través de un certificado médico.

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De igual modo, dicha decisión también puede derivar de una providencia judicial.

La tercera de la causales comprendidas en mencionado Código aluden a los casos en los que el conductor es detectado, por parte de las autoridades, en estado de embriaguez; medida que también cobija a la conducción bajo los efectos de otras sustancias psicoactivas.

El cuarto de los escenarios está dado por la prestación no autorizada del servicio público; es decir, cuando las autoridades detectan al conductor de un vehículo particular que está recogiendo o llevando pasajeros bajo la modalidad de servicio público.

Dicha medida tiene una excepción, y está dada por los permisos especiales brindados por las autoridades locales frente a eventualidades del orden público.

Escenarios de cancelación

En cuanto a la cancelación de la licencia de conducción, el artículo 26 del código de tránsito también presenta una serie de causales.

La primera está relacionada a su vez con la imposibilidad definitiva, física o mental para que el conductor pueda seguir desempeñando la labor tras el volante. Como anteriormente se refirió, dicha particularidad debe ser sustentada a través de evidencias médicas.

Por obvias razones, otra de las razones para la cancelación de una licencia de conducción está dada por la muerte del titular, en tanto dicho permiso es único e intransferible.

Otro de los puntos establecidos para la cancelación definitiva de la licencia de conducción viene dado por la reincidencia en las conductas de conducción bajo efectos de alcohol y/o drogas, así como en aquellas ocasiones en las que el conductor es sorprendido prestando servicio público en un vehículo particular.

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Al igual que en las suspensiones temporales, la cancelación también puede derivar de una orden judicial, en los casos en los que el funcionario que imparte justicia así lo determine.

También es motivo de suspensión

Dentro de las causales de suspensión, el código también establece que se suspenderá la licencia de conducción en aquellos casos en los que los conductores presenten conductas reincidentes que habitualmente sólo implican multas o inmovilizaciones del vehículo.

Es decir, cuando en un tiempo inferior a un año, el conductor sea sorprendido de manera repetida violando normas de tránsito.

Alguas de ellas son obviar señales de tránsito, conducir sin placas o con placas adulteradas, presentar licencia falsa o adulterada, remolcar sin permiso a otros vehículos, exceder los niveles de volumen de música permitidos, e incluso transportando animales u objetos que obstaculicen la visibilidad, entre otros.

Recuerde que dentro de las infracciones también se encuentra el no portar el cinturón de seguridad, el uso de vidrios polarizados, e incluso llevar a nios menores de 10 años en la silla delantera. 

En esos casos, es importante como conductores tener en cuenta que se considera la existencia de reincidencia cuando se presenta la violación de normas de tránsito de manera repetida en un lapso inferior a un año.

¿Accidentes de tránsito?

El artículo 151 del código de Tránsito establece que no todos los accidentes de tránsito son causales para la suspensión de licencias de tránsito, no obstante aclara que “Quien cause lesiones u homicidios en accidente de tránsito y se demuestre que actuó bajo cualquiera de los estados de embriaguez de que trata este código, o que injustificadamente abandone el lugar de los hechos, a más de las sanciones previstas en el Código Penal, se hará acreedor a la suspensión de su licencia por el término de cinco años”.

Infracciones ambientales

El código de tránsito también establece casos especiales de suspensión y cancelación de licencias relacionados con la realización de delitos ambientales.

En estos casosestablece que si se identifican casos de reincidencia, se suspende el permiso; además de que se impone una multa de 30 salarios mínimos, y se cancela el permiso en los casos en los que la reincidencia es por más de una ocasión.

En el caso de los delitos ambientales, la reincidencia no se hace válida en periodos de 1 año, sino solamente de 6 meses.   

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