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Es ley en Colombia la prohibición del uso de animales para dispersar manifestaciones

Gustavo Petro sancionó ley que prohíbe uso animales en disturbios / Foto: @CarabinerosCol

El presidente Gustavo Petro sancionó la ley que establece la prohibición del uso de animales para disuadir manifestaciones, motines y asonadas.


Yhonay Díaz

ago 28 de 2023
11:07 a. m.

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En un documento de siete páginas, tras sanción presidencial, quedó establecida como ley la prohibición del uso de animales en manifestaciones por parte de la Fuerza Pública para disuadir situaciones que alteren el orden en el país y que pueda poner en riesgo la integridad de los animales.

Está prohibido el uso de animales para dispersar manifestaciones, motines y asonadas por parte de la Fuerza Pública

En la ley 2318 del 25 de agosto de 2023, firmada por el presidente Gustavo Petro quedó establecido que “los caninos, equinos y demás animales que hayan sido entrenados por la Fuerza Pública, solo podrán desempeñar funciones de vigilancia, actividades preventivas y de control en eventos de asistencia masiva, rescate, búsqueda, registro, detección de explosivos, erradicación de cultivos ilícitos o de movilización de los uniformados”.

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La Ley que prohíbe el uso de animales en manifestaciones

La ley "por medio de la cual se prohíbe el uso de animales para disuadir manifestaciones, motines, y asonadas" que recientemente fue sancionada por el presidente Petro hace parte de la modificación de la ley 1801 de 2016.

Esta ley, que entra en vigor a partir de su promulgación, busca garantizar la vida y la integridad de los animales entrenados por la Fuerza Pública. Desde ahora, sus funciones seguirán siendo de vigilancia, prevención y control.

Por otro lado, el documento indica que los animales que ya cumplieron su ciclo como colaboradores de la Fuerza Pública y que se preparan su retiro, se les “implementará un programa de bienestar, cuidado y protección para garantizar la adopción y ubicación en lugares adecuados (…) este programa deberá ejecutarse de forma permanente mientras existan animales al servicio del país”.

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Control de manifestaciones sin animales

El documento resalta que los uniformados de la Policía Nacional podrán utilizar medios de apoyo de carácter técnico, tecnológico o de otra naturaleza, que estén a su alcance, para prevenir y superar comportamientos o hechos contrarios a la convivencia y la seguridad pública. 

En caso de tratarse de “medios de apoyo que puedan afectar físicamente a la persona, deberán ser usados bajo los criterios de necesidad, proporcionalidad y racionabilidad según las circunstancias específicas; su empleo se hará de manera temporal y solo para controlar a la persona”. 

Excepciones para el uso de animales en situaciones puntuales

“El uso de animales como medio de apoyo de la Fuerza Pública se hará dando cumplimiento a las normas y obligaciones vigentes en materia de protección y bienestar animal (…) durante eventos de manifestaciones, motines y asonadas se podrán utilizar animales para actividades que requieran de una verificación o inspección, con el fin de evitar afectaciones o alteraciones a la seguridad y convivencia ciudadana”.

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