Esta es la directriz de la Fiscalía General para manejo de delitos durante protesta social

Foto: tomada de video archivo Noticias RCN

El documento instruye a fiscales frente a las acciones de la fuerza pública y los bloqueos durante manifestaciones.


Noticias RCN

sept 12 de 2024
08:12 p. m.

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Noticias RCN conoció en primicia la directiva, de más de 30 puntos, firmada por la fiscal general de la Nación Luz Adriana Camargo y enviada a sus subalternos sobre la competencia para investigar y judicializar delitos cometidos en el marco de la protesta social.

Una de las 31 directrices que destaca el documento es que la competencia para investigar y judicializar los delitos en las manifestaciones corresponde, por regla general, a la justicia ordinaria, por sobre la Justicia Penal Militar.

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"(...) Por consiguiente, los fiscales que adelanten investigaciones en contra de miembros de la fuerza pública deberán evaluar: (i) que se trate de un miembro de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional en servicio activo; y (ii) que se presente el elemento funcional, es decir, la relación de los delitos con el servicio que presta la fuerza pública".

En caso de que haya un conflicto de competencia, deberá ser la Corte Constitucional la que lo resuelva.

Según el abogado penalista Francisco Bernate, "la Justicia Penal Militar conoce de aquellos hechos que son cometidos por integrantes de la fuerza pública en ejercicio de sus funciones pero en ningún caso podrá conocer de violaciones a los derechos humanos".

Por su parte el jurista Juan Carlos Castellanos aseguró que "toda vez que un miembro de las Fuerzas Militares que es un miembro activo y que cometa un delito en el marco de sus funciones evidentemente tendrá que ser juzgado por la Justicia Penal Militar".

¿Qué otras directrices da la Fiscalía frente a la protesta social?

El documento, de 24 páginas, también toca temas como la tipicidad de otros delitos, los límites de las autoridades y la judicialización de actos que afecten la protesta.

"Estándares mínimos que deben observarse durante toda la investigación y judicialización de los actos delictivos que afectan el derecho a la protesta social. Los delitos cometidos en el contexto de la protesta pacífica deben ser investigados y judicializados bajo estricto apego a los principios de debida diligencia y plazo razonable".

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Además, habla sobre el bloqueo de vías: "Penaliza únicamente los bloqueos de vías que: (i) desborden evidentemente los actos propios de la manifestación y atenten contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo".

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