Esto es lo que dice la Constitución sobre la labor del fiscal General de la Nación: ¿Quién tiene la razón?

Presidente Gustavo Petro y el fiscal General, Francisco Barbosa / Foto: AFP

En tensión está el poder ejecutivo y judicial en Colombia, luego de que el presidente Gustavo Petro, afirmara que él es el jefe del fiscal Francisco Barbosa.


Zila Oviedo

may 05 de 2023
05:41 p. m.

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Discusiones entre el presidente Gustavo Petro y el fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa, ponen en tensión al poder ejecutivo y judicial en Colombia. 

La disputa comenzó porque el mandatario fijó en Twitter un trino en el cual decía que el fiscal Daniel Hernández habría “permitido” las muertes a manos de miembros del Clan del Golfo.

Frente a esto, el fiscal Francisco Barbosa, señaló que era “poner una lápida sobre los funcionarios judiciales” y responsabilizó al presidente Petro de lo que pudiera ocurrirle a Hernández y su familia. 

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“El presidente Gustavo Petro fijó un trino contra un miembro de la Fiscalía General de la Nación, que es el fiscal Daniel Hernández, en donde señaló que hay un apoyo al Clan del Golfo por parte de ese funcionario. Además, fijó el trino y ahí acompañó una publicación en donde está el hijo menor del fiscal”, dijo Barbosa. 

Asimismo, le recordó que este funcionario fue víctima del paramilitarismo debido a que su padre fue asesinado en la masacre de La Rochela en 1989. A través de la misma red social, el presidente Gustavo Petro, quien adelanta una visita de Estado en España, aseguró que, aunque el funcionario de la Fiscalía debía tener protección, el país merecía respuestas. 

Pero, además de esto, Petro afirmó que él era el jefe de Barbosa y que eso se le estaba olvidando al funcionario. En entrevista con La FM, el fiscal aseguró que fue elegido por la Corte Suprema de Justicia, “por ende, lo que estaría diciendo es que la Corte es subalterna de él y eso atenta contra la independencia de los poderes públicos que yo desempeño”. 

Frente a esta situación que ha generado eco en el país, el fiscal Barbosa indicó que en la historia de Colombia ningún presidente había manifestado que un fiscal es su subalterno. “El presidente debería leerse la Constitución. Él no fue elegido para ser dictador ni autócrata. No puede ser posible que esté llegando a la conclusión de que la Fiscalía es su subalterna. Ahora si entendí por qué está fijando trinos acusando a los fiscales. Lo que ha ocurrido hoy es la manifestación más grave que ha hecho Petro contra la independencia judicial", expuso. 

¿Qué dijo la Corte Suprema de Justicia? 

En medio de este rifirrafe, la Corte Suprema de Justicia, se pronunció y señaló que “el presidente desconoce la autonomía e independencia judicial”. 

Es importante mencionar, que frente a las declaraciones del fiscal Barbosa en La FM, el presidente Gustavo Petro reafirmó la postura, asegurando que “soy el jefe del Estado, no lo digo yo, lo dice la Constitución Política. Leo textualmente el artículo 115: el presidente de la República es jefe del Estado, del Gobierno y suprema autoridad. Es lo que dije públicamente. Por tanto, se debe un respeto por parte de los integrantes del mismo (...) El Estado comprende todas las ramas del poder público”. 

Fernando Castillo, presidente de la Corte Suprema, aclaró que la interpretación hecha por Gustavo Petro al artículo es errada. En este orden de ideas, aseguró que no es el jefe del fiscal Barbosa y “es un funcionario cuya misión está regulada por el orden jurídico y enmarcada en la autonomía e independencia de la Rama Judicial".

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¿Qué dice la Constitución Política de Colombia? 

Para tratar de abordar mejor el tema, NoticiasRCN.com consultó a abogados penalistas, quienes explicaron qué dice la Constitución Política en este tipo de casos. 

Francisco Bernate, abogado penalista, señaló que la Constitución Política de Colombia en efecto establece que el presidente de la República es el jefe del Estado y que esta acepción se utiliza en la medida en que es su responsabilidad dirigir las relaciones internacionales de Colombia, "pero en absoluto hace referencia a que él sea el jefe de todos los funcionarios públicos del país".

“Hay que recordar que la Constitución lo establece como suprema autoridad administrativa y que nuestra Constitución establece la separación de poderes entre el judicial, legislativo y administrativo. El presidente es el jefe de la rama ejecutiva, pero no tiene incidencia ni manejo alguno en las otras ramas del poder, como podemos apreciar que él no designa ni posesiona al fiscal General de la Nación ni mucho menos puede darle órdenes”, destacó el abogado. 

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Precisó que en este sentido es importante resaltar la división de los poderes públicos en Colombia y la necesidad no solo de respetar esos límites, sino de que impere entre ellos la colaboración armónica en beneficio de todos los colombianos. 

Más voces en torno a la discusión Barbosa – Petro 

Por otro lado, Álvaro Garzón, abogado penalista, puntualizó que las afirmaciones del presidente Gustavo Petro “generan preocupación”. 

“Hay que decir que generan enorme preocupación, pues ha demostrado anteriormente tener claro lo que es la división de poderes; como congresista y en distintas oportunidades generó sus debates en torno a la independencia que debía tener la Fiscalía General de la Nación; luego, que aun así tenga ahora el criterio de quererse imponer sobre la persona del fiscal general, nos genera alarmas en el sentido de que el próximo fiscal termine siendo un subalterno del presidente, pues si bien es la Corte Suprema quien elige al alto funcionario, este se selecciona de una terna enviada por el presidente de la República”, explicó. 

Garzón destacó que estos son mensajes que lesionan el Estado de Derecho, maltratan las instituciones y aumentan la incertidumbre en el país.

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¿El fiscal debe reportarle algunos temas al presidente Gustavo Petro?

Si bien la Corte Suprema de Justicia ratifica que la labor del fiscal es “autónoma e independiente”, NoticiasRCN.com consultó al abogado penalista, Juan Pablo Coy, para saber si hay algunas ocasiones en que la Fiscalía General de la Nación debe o no reportarle temas o procesos al presidente de la República. 

“El fiscal General de la Nación es independiente y constitucionalmente se le otorga dicha independencia. El hecho de que sea designado por la Corte Suprema de Justicia de una terna que propone el presidente, no quiere decir que por eso entonces hay alguna respuesta a lo que el presidente pida, porque hay que entender que en Colombia funciona la división de poderes”, destacó Juan Pablo Coy. 

Respecto esta, indicó que si el fiscal general se entiende que hace parte de la rama judicial, “tiene una independencia por parte de esta rama, y la ejecutiva no tiene cómo exigirle algún tipo de resultados, comunicación o comportamiento más allá de lo que exige la ley”. 

El abogado hace alusión al decreto 16 del 2014, donde está la estructura orgánica de la Fiscalía y las funciones del fiscal. “En estas no está asignado algún tipo de rendición de cuentas por ponerlo en estos términos ante el presidente. Que materialmente tiene que haber una armonía, no quiere decir que habrá rendición de cuentas porque son órganos independientes”, concluyó.

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