Esto fue lo que ordenó la Corte para frenar violación de derechos en las cárceles

Hacinamiento en las Cárceles / Foto: RCN Radio

Son 29 órdenes que deberán ser implementadas en las dos fases que propuso la Corte. Se prevé que las medidas sean aplicadas en los próximos seis años.


Noticias RCN

abr 05 de 2022
10:18 a. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

El alto tribunal encontró que los centros de detención transitoria, las estaciones de Policía y las Unidades de Reacción Inmediata, URI, son responsables de una violación masiva y generalizada de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad. El pronunciamiento de la Corte Constitucional fue posterior al análisis de varias tutelas que demuestran las vulneraciones de derechos que sufren las personas, en condiciones de hacinamiento, falta de servicios sanitarios, proliferación de enfermedades y un precario acceso a la justicia.

En contexto: Corte Constitucional declara violación de derechos fundamentales en centros de detención transitoria

En consecuencia, la entidad ordenó la creación de medidas a corto y largo plazo que atiendan las necesidades de los reclusos. Una de las medidas será la planificación y construcción de nuevas cárceles que garanticen las condiciones dignas, esto para responder a la situación que, según los magistrados, somete a hombres y mujeres “a una violación sistemática de sus derechos”. 

El plan de acción emitido por la Corte se hará en dos fases: la primera es transitoria y está compuesta de órdenes urgentes y, la segunda, es definitiva e implica medidas más complejas que deberán implementarse en un periodo de tiempo más largo. El alto tribunal dio un plazo de un año a las alcaldías y gobernaciones en compañía de la Procuraduría y la Contraloría, para que estudien como financiar los gastos que implican un mayor número de cupos para las personas que están siendo procesadas en detención preventiva.

Algunas de las órdenes de la Corte Constitucional 

  • El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario está en la obligación de analizar los casos de los reclusos que no tienen condenas sobre su nombre, pero hacen parte de un proceso judicial.
  • Los espacios deberán brindar condiciones dignas como ventilación, luz, acceso a baños, y distinción entre hombres y mujeres, esto incluye las estaciones que recluyen personas de manera momentánea.
  • Se deberá garantizar condiciones básicas como servicios sanitarios de agua potable, visitas de familiares y amigos, entrevistas con abogados y alimentación que cumpla los requisitos nutricionales requeridos.
  • La Corte Constitucional indicó que, si las condiciones no mejoran, la Fiscalía y la Policía deben disponer de nuevos espacios para estas personas.
  • Las entidades carcelarias deben establecer si es necesario enviar a un recluso a un centro penitenciario o si, por orden judicial, la persona puede permanecer recluido en su lugar de residencia.

Le puede interesar:Preocupación en Medellín por hacinamiento superior al 800% en centros de detención transitorios

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Otras noticias