Decreto de emergencia económica: ¿Qué puede hacer el gobierno en los 30 días?
El gobierno expidió el decreto con la declaratoria de emergencia en el marco de las medidas que se toman por el terremoto.
Noticias RCN
06:29 p. m.
Por medio del decreto 1261, el gobierno declaró la emergencia económica, social y por grave calamidad pública en 15 departamentos: Antioquia, Bolívar, Caldas, Cauca, Chocó, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, Sucre, Tolima y Valle del Cauca.
La declaratoria corresponde a las acciones que se han tomado para atender las afectaciones tras el devastador terremoto del pasado lunes 10 de agosto, el cual ha dejado 321 fallecidos y 4.595 heridos hasta el momento, según informó la UNGRD.
¿En qué departamentos se declaró la emergencia?
Este mecanismo está consagrado en el artículo 215 de la Constitución y se podrá declarar cuando haya hechos que afecten grave e inminentemente el orden económico, social y ecológico del país (distintos a los contemplados en los artículos 212 y 213).
La emergencia tiene un periodo de 30 días, aunque se puede extender, pero sin pasar los 90 días.
Ahora bien, con respecto a los decretos, la Constitución es clara en mencionar que deben estar relacionados con la calamidad pública. Además, el gobierno debe explicar por qué las herramientas del Estado no son suficientes y por qué se requiere la declaratoria.
Volviendo a los decretos, estos son con fuerza de ley y contemplan medidas de carácter temporal mientras se solucionan las afectaciones. Se enfocan en la salud, vivienda, educación, transporte, impuestos, reconstrucción; entre otros aspectos.
¿Qué papel tienen el Congreso y la Corte Constitucional?
¿Qué pasa después de cumplido el periodo? Las medidas dejan de regir en la siguiente vigencia fiscal. Aunque si durante el año siguiente el Congreso considera que se deben mantener, puede dejarlas permanentes.
En un periodo de 30 días, que puede extenderse por parte del Senado y Cámara, el Congreso deberá ponerle la lupa al informe que presente el gobierno acerca de la declaratoria.
También se debe tener en cuenta que, a lo largo del año siguiente al fin del periodo, tendrá facultades para hacerle ajustes o tumbar los decretos legislativos.
La Corte Constitucional tiene un papel clave, dado que el gobierno debe enviarle el decreto con la declaratoria para la revisión. Además, los decretos que se expidan deben pasar por su análisis y, en caso de considerarlo, se pueden tumbar.