Fallo de la Corte abre debate sobre el control de TikTok y los derechos de los influenciadores
El documento debate si los creadores de contenido pueden recuperar o no sus cuentas en la red social con peticiones ante la justicia por derechos laborales.
Noticias RCN
03:30 p. m.
Este 6 de noviembre la Corte Constitucional publicó un fallo que pone sobre la mesa manejo de TikTok.
Esto, debido a que el documento debate si los creadores de contenido, o también conocidos como influenciadores, pueden recuperar o no sus cuentas en la red social con peticiones ante la justicia por derechos laborales.
Según el fallo y lo que se detalla del caso, los hechos ocurrieron en junio del 2023 cuando José Francisco Montufar Rodríguez, presentó una “solicitud de amparo al considerar que TikTok había vulnerado sus derechos a la libertad de expresión, trabajo y ejercicio de su profesión, al haber cerrado su cuenta en dicha red social”.
Montufar Rodríguez, es “una persona con pérdida de capacidad auditiva que tenía una cuenta en la red social TikTok, con más de diez mil seguidores y con más de mil reproducciones de sus videos”.
Tiktok cerró cuenta de influencer
En su perfil, trataba temas relacionados con su profesión, abogado, y "también habla de música, moda, política y asuntos de interés de la comunidad LGTBIQ+”.
Hacía transmisiones en vivo en las que lograba reunir a más de 20.000 espectadores. Sin embargo, la cuenta fue bloqueada y suspendida “con el argumento de que el usuario tenía menos de 13 años”.
Pero a la fecha en la que se tomó la decisión de restringir su acceso a la plataforma, el hombre “contaba con 33 años”.
Según el documento, esta situación se ha registrado con esta, cinco veces. Incluso, “en múltiples oportunidades, por medio de correos electrónicos, siguiendo el conducto previsto por la red social para tal fin, José Francisco ha aclarado que no tiene menos de 13 años, sino que es mayor de edad. A pesar de ello, los bloqueos y suspensiones han vuelto a ocurrir”.
El fallo de la Corte
En respuesta al caso, la Corte Constitucional, respaldó la decisión del juzgado tras realizar las respectivas investigaciones, seleccionó el asunto bajo los criterios de novedad y urgencia, fundamentando en que se debe proteger un derecho fundamental.
Adicionalmente, ordenó a la red social activar nuevamente la cuenta del influencer.
“Al constatar que, en principio, las instancias que declararon improcedente el amparo se abstuvieron de vincular a una de las sociedades propietarias de TikTok, declaró la nulidad de lo actuado mediante Auto 195 de 2024 y ordenó recomponer el trámite vinculando a todos los intervinientes, conservando las pruebas y ordenando fallar de nuevo el asunto, advirtiendo que, como el caso había sido previamente seleccionado, se remitiera a la Sala de Revisión respectiva una vez el asunto fuera fallado”.