Fallo de la Corte Constitucional: la letra con sangre NO entra

Una tutela interpuesta por los padres de menores indígenas llevó a la Corte a fijar posiciones claras en lo que tiene que ver con los llamados de atención y los castigos en centros educativos.


Noticias RCN

feb 12 de 2018
10:31 p. m.

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La Corte Constitucional protegió los derechos de varios menores pertenecientes a la comunidad indígena Cubeo-Sikuani cuyos padres interpusieron una tutela por los tratos que recibían en el colegio donde estudiaban.

Según la denuncia, los encargados de impartir los conocimientos en el Centro Educativo Eustasio, que funciona como internado en Puerto Gaitán, Meta, maltrataban de diversas formas a los menores e incluso se les obligaba a comer hojas de los cuadernos por no saberse las tablas de multiplicar, a meter las manos en el inodoro y a pasarlo por sus rostros, y a realizar diferentes labores de limpieza entre otros castigos.

Los educadores, entre ellos un seminarista, también se referían a los estudiantes de la comunidad como "guahibos" forma despectiva de llamar a los miembros pertenecientes a los indígenas Cubeo-Sikuani.

La Corte Constitucional llamó la atención para que los llamados de atención en los centros educativos no vayan en contra de la dignidad humana.

"Una práctica lesiva de la dignidad humana, con potencialidad de poner en peligro el desarrollo mental del menor, es aquel castigo que por su gravedad degrada o humilla a la persona y hace que ella pierda autoestima a los ojos de los demás o a los suyos propios", indica el fallo de la Corte.

El alto tribunal resaltó que el poder de un educador, como suele ocurrir con todo ejercicio de poder en democracia, supone facultades, pero también funciones y deberes, y entre estos está proteger la integridad física y moral de sus estudiantes.

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