Futuros contratos de vacunas contra covid-19 en Colombia podrían estar en riesgo

Expertos en contratación aseguran que las cláusulas de confidencialidad se deben respetar por ser contempladas como legítimas, razonables y necesarias.


Felipe uintero

ago 11 de 2021
01:33 p. m.

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Un error admitido por el Consejo de Estado permitió que se violara la cláusula de confidencialidad entre el Gobierno Nacional y las farmacéuticas Pfizer y Aztrazeneca que han vendido biológicos al país. 

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La historia empezó con un error del Consejo de Estado al publicar los contratos de compra y venta de los biológicos. “La presidencia del Consejo De Estado advierte que se trató de un error involuntario y que adelantará las investigaciones pertinentes” dice en un comunicado. 

El error al que hace mención esta Alta Corporación es a la publicación del acuerdo para la compra de las vacunas entre el Gobierno de Colombia y las farmacéuticas, que se dejó claro y en letra grande, que eran de carácter reservado.

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“El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, remitió la información con la salvedad del carácter reservado”, dice el comunicado. 

Dicho error, fue divulgado por Camilo Enciso, exzar anticorrupción del gobierno de Juan Manuel Santos, quien argumentó que los documentos son públicos y de libre acceso, olvidando la cláusula de confidencialidad con la que se ha manejado esta contratación.

“Los colombianos tienen derecho a saber que según el contrato que firmó el Gobierno con Pfizer, el comprador renuncia a los derechos y recursos que pueda tener, derivados de la omisión de la farmacéutica de desarrollar el producto o la omisión de entregar las dosis contratadas según cronograma de entrega”, expresó Camilo. 

En Noticias RCN consultamos a expertos en contratación para analizar qué tan grave fue lo sucedido y si podría repercutir en próximas negociaciones. Para el abogado experto en temas de contratación Jaime Salazar, las cláusulas de confidencialidad se deben respetar.

“El estatuto general de contratación, la ley de transparencia y algunos tratados internacionales como la decisión 486 de la cual Colombia hace parte de la CAN, contempla las cláusulas de confidencialidad como legitimas, razonables y necesarias dependiendo del caso. Lo que se pacte es vinculante para las partes”, agregó el experto. 

Al respecto el abogado Germán Calderón, advirtió del riesgo de la publicación. 

“Puede implicar un rompimiento de la relación contractual puesto que se trata de una cláusula especial dentro de estos contratos que se rigen por el derecho privado conforme al decreto 444 de 2020 que fue avalado por la Corte Constitucional, en tanto son compatibles por la Constitución Política y se justifican en la urgencia de la situación que se debieron atender por la pandemia”, señaló. 

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