Gobierno explica alcances del decreto sobre porte de dosis personal

Ministro de Justicia, Néstor Osuna - Foto: Ministerio de Justicia

El presidente Gustavo Petro y el ministro de Justicia, Néstor Osuna, se refirieron al decreto sobre el porte de drogas en Colombia.


Noticias RCN

dic 09 de 2023
08:14 p. m.

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El Gobierno publicó el decreto 2114 de 2023 con el que se derogó el 1844 de 2028 en el que se facultaba a la fuerza pública para vigilar el expendio y porte de sustancias ilícitas. Luego de una serie de críticas, el presidente Gustavo Petro decidió aclarar algunos puntos de la iniciativa.

Manifestó que algunos sectores “confunden contravención de policía que se expresa en el Código de Policía con delito, que se expresa en el código penal”. Además, citó la Constitución:

“Si la Constitución permite la dosis personal, la actividad de la Policía no se debe centrar en perseguir consumidores de estupefacientes sino en perseguir los grandes capos de la droga y en perseguir los delitos que afectan la ciudadanía”, dijo el mandatario de los colombianos.

Por su parte, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, hizo lo propio, y aclaró el alcance del decreto de 7 de diciembre de 2023 sobre porte de dosis personal de drogas en el país.

“Este decreto no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico, microtráfico, ni ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana. No llamemos a engaños”.

En contexto: Gobierno derogó decreto sobre procedimiento de Policía en casos de porte de drogas

Dijo entontes que lo que hace el decreto es derogar la sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal.

“Ese Gobierno había extendido una prohibición de consumo que estaba en el Código Nacional de Policía para crear esa sanción administrativa para el porte, después de eso la Corte Constitucional, en varias sentencias, ha mencionado que el porte no se puede sancionar administrativamente”, agregó el jefe de la cartera de Justicia.

Recordó que el Consejo de Estado manifestó que “no se podía utilizar la figura de una sanción como multa para el porte, porque lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico”.

Con esos argumentos dijo que se tomó la decisión de derogar la norma que permitía imponer una multa por el porte de dosis personal.

Consumo de droga en lugares públicos

Señaló que en el 2021 se aprobó la ley 2000 que permite restringir el consumo en lugares públicos, y dijo que la Corte Constitucional se pronunció este año sobre el tema y que manifestó que una prohibición general de consumo en lugares públicos no es posible.

“Pero que sí es posible que los municipios regulen y restrinjan en algunos lugares públicos, algunas circunstancias y momentos para el consumo de drogas en lugares públicos. Para eso le dio la orden al Gobierno de expedir unos protocolos que estamos elaborando”.

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El ministro concluyó que “no va a haber multas ni persecución policial para el porte de dosis personal. A eso es a lo que se reduce el decreto que ha expedido el Gobierno”.

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