Gobierno firmó decreto de cese de operaciones militares contra miembros del ELN

Foto: archivo / Presidencia

También ordenó suspender operaciones desde el 3 de agosto, cuando inicia el cese al fuego bilateral de carácter nacional, hasta el 29 de enero.


Noticias RCN

jul 05 de 2023
09:08 p. m.

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El cese al fuego bilateral anunciado por el Gobierno y el Ejército de Liberación Nacional tras el término del tercer ciclo de conversaciones en La Habana está avanzado en sus etapas iniciales. Ambas partes plantearon una hoja de ruta en la que se establecieron fechas clave, entre ellas el 6 de julio y el 3 de agosto, cuando iniciaría definitivamente la suspensión de operaciones militares de lado y lado. 

El pasado 4 de julio el ELN confirmó a todos sus frentes la orden de cese al fuego, hoy 6 de julio se conoció el decreto firmado por el Gobierno que brinda el marco normativo a esta decisión. 

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El decreto especifica las funciones del mecanismo de monitoreo y verificación 

En el documento se lee: “decretar el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional entre el Gobierno Nacional y la organización armada rebelde Ejército de Liberación Nacional, a partir de las 00:00 horas del día 3 de agosto de 2023 hasta las 24:00 horas del día 29 de enero de 2024 (…) podrá ser prorrogado previa valoración de la Mesa de Diálogos de Paz de los informes del Mecanismo de Monitoreo y Verificación y conforme con lo acordado por las Partes”.

Todo esto ocurre en medio de las tensiones que atraviesa el proceso por cuenta de acciones criminales de las que sería responsable el ELN. Aunque el cese no ha comenzado formalmente, a pocas horas de que lo haga, una sargento del Ejército identificada como Ghislaine Karina Ramírez Chitiva y sus dos hijos menores de edad fueron secuestrados, aparentemente, por esta misma guerrilla. 

¿Qué acciones militares involucra el cese al fuego bilateral? 

El decreto especifica que la orden aplica para los miembros del ELN que hagan parte de las conversaciones de paz total. También específica las acciones que se suspenderán por parte del Ejército colombiano: 

  • Entrar en contacto armado y, si esto ocurre, no romper dicho contacto
  • Obstaculizar las labores del MMV
  • Omitir información al MMV
  • Impedir la atención de enfermos o heridos de la población civil y de las partes
  • Incurrir en perfidia
  • Incurrir en actos prohibidos en el Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra, como el homicidio, la toma de rehenes, la violación, el desplazamiento forzado o el reclutamiento de menores, etc.

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