Gobierno responde a sentencia que ordena a la DIAN devolver lo recaudado bajo la emergencia económica
En sus redes sociales, el presidente Petro aseguró no se alcanzaron a cobrar los impuestos adoptados bajo la declaratoria de emergencia económica.
Noticias RCN
09:38 p. m.
Miembros del “Gobierno del Cambio” se pronunciaron el miércoles (15/04/2026) sobre la sentencia C-079 de la Sala Plena de la Corte Constitucional, que ordena a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) devolver el dinero recaudado con los impuestos de la emergencia económica de finales de 2025 e inicios de 2026.
En su cuenta de la red social X, antes Twitter, el presidente Gustavo Petro aseguró que los impuestos no llegaron a cobrarse y, por tanto, no hay nada que devolver:
“Los impuestos que tumba la Corte de la emergencia económica no se cobraron. Así que no hay nada que devolver. Solo se logró los pagos de deudores antiguos de la DIAN que lograron beneficios tributarios. El mecanismo terminó suspendido por la Corte Constitucional”.
Ministro del Interior califica las decisiones de la Corte como decisiones de “odio” contra el Gobierno:
De otro lado, el ministro del Interior Armando Benedetti señaló que “la Corte no quiere que les pongan impuestos a los ricos y los cuida bastante” y que “lo único que ha tenido es un odio político en contra del Gobierno y por eso se han dado todas estas decisiones, porque emergencias claro que las hay”.
Para validar su punto se refirió a la situación de seguridad en el país y en específico a “los ataques con drones. Nadie pensaba que la guerra iba a ser así y no tenemos cómo defendernos. Eso no lo tiene en cuenta la Corte”, dijo.
Devolución del dinero recaudado será más difícil en algunos casos:
Tras conocer la noticia, la DIAN informó que dará cumplimiento a la decisión de la Corte “conforme a los términos y condiciones establecidos por el alto tribunal y dentro del marco legal aplicable”.
Sin embargo, el exdirector de la Dirección de Impuestos y Aduanas Lisandro Junco advirtió en diálogo con Noticias RCN que el plazo de 30 días otorgado por la Corte no parece suficiente y el proceso será todo un reto en el caso de los impuestos indirectos, sobre todo, si el comprador final no exigió y guardó la factura.