Hijos y nietos tendrían que responder económicamente por sus padres o abuelos de crianza

Una ponencia de la Corte Constitucional señala que el sostenimiento debería ser el mismo que con los progenitores.


Noticias RCN

ago 09 de 2016
08:18 a. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN
El magistrado, quien plantea una nivelación de derechos entre padres legítimos (biológicos y adoptivos) y los de crianza,  asegura en un proyecto de fallo que los hijos de crianza también están obligados a auxiliar económicamente a esas personas que figuraron como padres.
Aunque de dientes para afuera muchos se consideran buenos hijos, en Colombia hay muchos padres o abuelos que siempre esperan que sus descendientes no se olviden de ellos.
Hasta el momento el Código Civil les da derecho a los padres o abuelos a ser auxiliados económicamente  por sus hijos o nietos. Pero solo habla de una obligación a los ascendientes legítimos, es decir los que salen  de una
relación matrimonial. Pero los ascendientes de crianza, esos que no figuran en los apellidos de los hijos, pero que actuaron como verdaderos padres, no tienen los mismos derechos de ley.
Una ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas pide cambiar un aparte del Código Civil para establecer en la ley que los nietos e hijos de crianza también tienen las obligaciones de auxiliar a sus padres y abuelos en la
vejez. Un llamado al agradecimiento.
La Corte en el estudio de la norma consultó a varias universidades, al Ministerio de Justicia y a la Procuraduría. Todos coincidieron en pedir que se anule ese aparte del Código Civil para que muchos abuelos que son
olvidados puedan pedirles auxilio económico a sus hijos de crianza.
Germán Duque, reportero judicial de Noticias RCN
Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Otras noticias