Consejo de Estado rechazó recurso de Gustavo Petro sobre competencia del CNE para investigarlo
La defensa del mandatario, investigado en calidad de candidato, envió una solicitud de nulidad contra de la decisión que dice que el CNE puede indagarlo administrativamente.
Noticias RCN
08:07 a. m.
El Consejo de Estado rechazó la solicitud de nulidad que la defensa del presidente Gustavo Petro había interpuesto en contra de la decisión que ratificó las competencias del Consejo Nacional Electoral (CNE) para investigarlo administrativamente.
Por ahora, el documento se encuentra en firmas y aún no se conocen los motivos tras la decisión de la sala de consulta del alto tribunal. Además, la justicia aún debe resolver un recurso de tutela interpuesto por el abogado del presidente Petro.
¿Por qué el CNE ha abierto investigaciones contra el presidente Petro?
El pasado 8 de octubre la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral votó a favor de la ponencia que buscaba abrir investigación formal contra la campaña presidencial del Pacto Histórico en primera y segunda vuelta de las elecciones de 2022.
Los magistrados se encuentran investigando una presunta violación de los topes electorales de la campaña ‘Petro Presidente’ por más de 3.709 millones de pesos.
Por lo anterior, el alto tribunal formuló cargos contra el presidente Petro, en calidad de candidato por la coalición del Pacto; Ricardo Roa, gerente de la campaña; Lucy Aydee Mogollón, tesorera; María Lucy Soto y Juan Carlos Lemus, auditores; al movimiento político Colombia Humana y a la Unión Patriótica.
El jefe de Estado ha calificado el inicio de las investigaciones como un presunto golpe de estado y aseguró que el CNE no tiene la competencia para iniciar las pesquisas en su contra.
“Hoy se ha roto el fuero integral del presidente de la República de Colombia, que defiende la constitución, se ha dado el primer paso de un golpe de Estado”, aseguró el presidente.
¿Cuáles son los alcances de la investigación del CNE contra el presidente Petro?
La investigación que inició el CNE es de carácter administrativo, por lo que el tribunal no tiene facultades para quitarle el fuero al presidente ni separarlo del cargo.
Las condenas o acciones disciplinarias y judiciales contra un presidente son únicamente competencia de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
En ese orden de ideas, en caso de comprobar que sí hubo irregularidades, las acciones que tome el CNE serán multas, como lo puede ser devolver los dineros por reposición de votos.