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Abortos, torturas y violencia sexual: estos son los crímenes que la JEP atribuye a cinco excomandantes de las Farc

Disidencias de las Farc. Foto: AFP

La decisión hace parte del Caso 05, que investiga la situación territorial del norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca.


Valentina Bernal

sept 21 de 2026
12:59 p. m.

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La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a cinco antiguos comandantes de las Farc por hechos de violencia sexual y otras formas de violencia basada en género ocurridos en el norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca.

Los señalados hicieron parte de las estructuras de mando del Frente Sexto y de las columnas móviles Jacobo Arenas y Gabriel Galvis de la antigua guerrilla.

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La decisión atribuye a los excomandantes responsabilidad de mando, al considerar que no ejercieron un control efectivo sobre sus subordinados para prevenir, evitar o sancionar este tipo de conductas.

¿Qué conductas fueron atribuidas?

Entre los crímenes de lesa humanidad imputados aparecen la violación, otras formas de violencia sexual de gravedad comparable y la persecución por motivos de género contra personas con orientación sexual, identidad o expresión de género diversas.

La decisión también aborda hechos cometidos contra mujeres y niñas que fueron reclutadas por la antigua guerrilla. En estos casos, la JEP imputó como crimen de guerra de tortura los abortos forzados y como ultrajes contra la dignidad personal las prácticas de anticoncepción forzada.

La investigación sobre este tipo de conductas ya había sido incorporada dentro del Caso 05, en el que la JEP analiza diferentes hechos ocurridos en esta región durante el conflicto armado.

¿Por qué se les atribuye a los comandantes?

Uno de los puntos centrales de la decisión es la responsabilidad atribuida a quienes estaban al frente de las estructuras guerrilleras.

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Esto significa que la imputación no se limita a determinar quién habría cometido directamente las agresiones. La JEP también analiza si los comandantes tenían capacidad efectiva para ejercer control sobre sus subordinados y si tomaron medidas para impedir, investigar o sancionar los crímenes cometidos dentro de las estructuras bajo su mando.

Según la Sala, esa falta de control permitió que las conductas investigadas se produjeran dentro de las organizaciones armadas.

Identificaron un patrón de violencia

La hipótesis construida por la Sala señala que estas prácticas estuvieron relacionadas con las dinámicas de control territorial y social que caracterizaron el conflicto armado en el norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca.

Por otro lado, cabe mencionar que, la decisión corresponde al tercer Auto de Determinación de Hechos y Conductas emitido dentro del Caso 05 y es el primero dedicado exclusivamente al análisis de las violencias basadas en género.

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