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Juez avala extracción de información digital en el caso contra Lili Pink

Lili Pink. Foto: Lili Pink.

Lili Pink está en medio de un proceso por presunto contrabando y lavado de activos.


Felipe Quintero

oct 15 de 2026
07:03 p. m.

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A finales de abril, la Fiscalía dio a conocer detalles de la extinción de dominio de varios inmuebles pertenecientes a la reconocida marca de ropa interior Lili Pink.

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Resulta que, al parecer, detrás de la compañía hubo una red dedicada al contrabando integrada por importadoras, comercializadoras y sociedades ficticias.

¿Qué ha pasado con Lili Pink?

De acuerdo con las pesquisas, supuestamente hubo ingreso ilícito de ropa, juguetes y cosméticos. En ese orden de ideas, los señalamientos cayeron en Lili Pink, dado que ha sido considerada como el puente para aparentar la legalidad de los productos a la hora de la venta.

La cadena habría resultado en un lavado de activos de 730 mil millones de pesos junto al enriquecimiento ilícito mayor a los 430 mil millones de pesos. Con esta información, las autoridades ocuparon 405 locales a nivel nacional, 40 inmuebles, ocho vehículos y una sociedad.

Un mes después, el 14 de mayo, se conoció la captura del primer señalado: Walter Francisco Martínez Martínez, a quien señalan de ser representante legal en al menos siete empresas salpicadas y ser una de las mentes detrás de la evasión de los controles en aduanas.

Juez respaldó la extracción hecha por la Fiscalía

La siguiente fase del proceso correspondió a las medidas cautelares sobre otros 45 inmuebles.

Este jueves 15 de octubre, hubo una decisión clave, debido a que el Juzgado 26 Penal del Circuito de Bogotá se refirió a la apelación de la Fiscalía, lo cual llevó a que declarara legal la extracción de información digital del 6 de mayo.

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De igual forma, se desestimaron las acusaciones presentadas por la defensa de la tienda en las que señaló al ente acusador de no tener lealtad procesal. La decisión, entonces, fue que los peritos actuaron correctamente acorde a sus funciones.

En ese orden de ideas, se revocó el fallo del 11 de agosto con el que se había declarado ilegal el análisis forense efectuado en cinco evidencias tecnológicas.

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