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Juzgado ordena tres días de arresto contra Miguel Polo Polo por incumplir fallo a Mafapo

Foto X @MiguelPoloP.

La decisión incluye una multa equivalente a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes que Polo Polo deberá consignar en favor del Consejo Superior de la Judicatura.


Noticias RCN

jun 16 de 2026
04:51 p. m.

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El Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá ordenó el arresto de tres días contra el representante a la Cámara Miguel Polo Polo, tras declararlo en desacato por incumplir la orden de la Corte Constitucional que le exigía ofrecer disculpas públicas al colectivo de Madres de los Falsos Positivos (Mafapo).

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La decisión incluye además una multa equivalente a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes, que deberá consignar en favor del Consejo Superior de la Judicatura.

La medida se deriva de un incidente de verificación presentado por las víctimas, quienes denunciaron que el congresista no cumplió con la sentencia T-375 de 2025, en la que se establecieron medidas de reparación simbólica por las declaraciones y acciones de Polo Polo contra Mafapo.

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Antecedentes del caso

El Juzgado 44 Civil del Circuito de Bogotá había ordenado el 5 de diciembre de 2025 que Polo Polo ofreciera disculpas públicas al colectivo, luego de que el congresista levantara y arrojara a bolsas de basura una obra artística instalada por las madres en la Plaza Rafael Núñez el 6 de noviembre de 2024.

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La Corte Constitucional determinó que ese acto vulneró los derechos de las víctimas y dispuso la reparación simbólica mediante disculpas públicas.

Sin embargo, el representante no cumplió con la orden en los términos establecidos, lo que motivó la intervención del Juzgado 30 Civil, que ahora exige que la disculpa sea publicada en sus redes sociales por un periodo no inferior a seis meses, sin fórmulas ambiguas ni expresiones revictimizantes.

Sanciones y cumplimiento

La providencia ordena a la Policía Nacional ejecutar el arresto de tres días y requiere al congresista acreditar de inmediato el cumplimiento de la sentencia. De no hacerlo, se aplicarán las medidas adicionales previstas en la ley.

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Este nuevo capítulo judicial marca un precedente en el seguimiento de las órdenes de reparación simbólica y en el control de los actos de los funcionarios públicos frente a colectivos de víctimas como Mafapo.

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