Las matrículas sólo pueden aumentar el 2% en 2104
El Gobierno ratificó que ninguna institución educativa del país puede hacer el incremento de sus costos por cuenta del aumento del salario mínimo.
Noticias RCN
ene 03 de 2014
02:23 p. m.
02:23 p. m.
El Índice de Precios al Consumidor, es el tope que rige en las alzas de la educación privada en Colombia y no pueden superar el 2%.
Las universidades y colegios privados están sujetos a la norma y sólo con una autorización y evaluación del Gobierno, podrán hacer aumentos en matrículas y pensiones por encima del IPC.
Los padres de familia podrán denunciar abusos, irregularidades y sobrecostos ante el Ministerio de Educación Social.
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