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Ley de sometimiento tuvo modificaciones: ¿qué cambió y qué sigue?

La ley establece un marco de sometimiento a la justicia ordinaria, sin negociaciones políticas para grupos armados o estructuras ilegales.


Noticias RCN

oct 24 de 2026
03:09 p. m.

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Continúa el debate sobre la ley de sometimiento que tuvo varios cambios, a miras del próximo debate en las comisiones constitucionales de Senado y Cámara.

Esta ley establece un marco de sometimiento a la justicia ordinaria sin negociaciones políticas para grupos armados ilegales y estructuras criminales en Colombia.

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¿Cuáles fueron los cambios que tuvo la ley de sometimiento?

Noticias RCN tuvo acceso al documento final, aprobado con cambios por las comisiones conjuntas. Dentro de las modificaciones se encuentran articulados referentes a las penas por reclutamiento de menores de 14 años.

En el artículo se menciona que cuando se establezca que el actor armado ilegal o terrorista reclutó menores de edad en los 12 meses previos a la entrada en vigencia de esta ley, la rebaja de pena no podrá exceder del 10% para quienes hayan ejercido funciones de mando dentro de la organización.

El proyecto también establece cambios para las personas vinculadas a casos de lavado de activos y testaferros. El documento menciona que, transcurridos tres años de la ejecución de la pena, se realizará la suspensión condicional de ejecución a los colaboradores de los actores armados ilegales que hayan participado de los delitos de los delitos de lavado de activos.

Sin embargo, el documento final establece tres condiciones básicas. Estas son entregar la totalidad de los bienes producto de las acciones ilícitas, previa entrega de inventario verificado y aprobado por la Fiscalía y se comprometan con medidas verificables de justicia restaurativa.

El informe deberá ser verificado bajo estrictas condiciones por la Fiscalía, quien establecerá medidas para garantizar la confiabilidad de lo entregado.

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¿Habrá cambios en la imposición de penas?

Otros de los ítems planteados en el documento final, que todavía no ha sido firmado, abordan elementos importantes en la imposición de penas.

Quienes se presenten durante los primeros 180 días contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, cumplan con la totalidad de requisitos que trata el numeral y no tenga un rol de mando dentro de la organización, podrá tener derecho a la suspensión de la ejecución de la pena desde el momento en el que se dicte la sentencia.

Dichos cambios e implementaciones tendrán que ser debatidos en las próximas sesiones en las plenarias de Senado y Cámara.

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