Reforma pensional: ¿Qué tendrá que hacer la Cámara con los artículos que devolvió la Corte?
Los nueve artículos fueron devueltos por falta de debate. Ahora, la Cámara de Representantes deberá surtirlo para la revisión final.
Noticias RCN
01:48 p. m.
La Corte Constitucional avaló la columna vertebral de la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro.
Sin embargo, con ponencia de la presidenta del alto tribunal, magistrada Paola Meneses, se devolvieron nueve artículos para corrección de irregularidades procedimentales.
Reforma pensional avalada parcialmente
La Sala Plena adoptó la decisión con una votación de 7 a 1, siendo el conjuez Pablo Márquez el único en salvar su voto. La ponencia, radicada por la magistrada Meneses el 31 de julio, declaró la exequibilidad exclusivamente por los vicios de procedimiento examinados en la providencia, manteniendo intacta la estructura fundamental de la reforma.
Los artículos devueltos abordan temas sensibles relacionados con beneficios para madres e hijos, diferenciación de pueblos indígenas, comunidades negras, raizales, palenqueras y campesinas.
¿Qué proponen los nueve artículos?
También incluyen disposiciones sobre prima media, inversiones y ahorros del sistema pensional. Estas devoluciones responden exclusivamente a falta de debate adecuado durante el trámite legislativo, no a cuestionamientos de fondo.
La Cámara de Representantes dispondrá de 30 días, contados desde la notificación de la sentencia, para subsanar los vicios de procedimiento identificados por el alto tribunal. Entre las correcciones requeridas figura el trámite de la proposición modificativa presentada por el exrepresentante Armando Antonio Zavaraí relacionada con el inciso IV del artículo 11.
Todos los pilares fundamentales de la reforma aprobada se mantienen firmes, específicamente el mecanismo que establece el 2.3 % de los ahorros destinados a Colpensiones, mientras el remanente pasa a los fondos privados.
Una vez la Cámara de Representantes realice las modificaciones procedimentales solicitadas, deberá enviar nuevamente los artículos corregidos a la Corte Constitucional para una revisión final. El alto tribunal tendrá la última palabra sobre si las correcciones subsanan efectivamente los vicios identificados.