Los vehículos de tracción animal quedarán prohibidos en Colombia
La meta es reducir dicha práctica y ayudar a las personas que dependen de estas actividades para que sustituyan estos vehículos por automotores.
Noticias RCN
10:17 a. m.
La plenaria del Senado aprobó en último debate un proyecto de ley que promueve la sustitución gradual de los vehículos de tracción animal en todo el país. El objetivo es que, en cinco años, en ninguna ciudad colombiana se permita que carretas, carruajes, zorras o cualquier elemento sea halado por mulas, caballos, u otro tipo de animales.
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La senadora ponente, Ana María Castañeda, explicó que el “proyecto contempla entregar vehículos que serán sustituidos, también pueden ser unidades productivas entregadas a los beneficiarios, producto de la sustitución de este tipo de vehículos de tracción animal”.
La meta es reducir de forma paulatina dicha práctica y ayudar a las personas que viven de actividades relacionadas, para que sustituyan estos vehículos por automotores. Es importante resaltar que la ley ordena hacer un censo en todo el país para establecer cuántas personas dependen de esta actividad.
“Asimismo, hay un plan de acción que tienen que llevar a cabo las alcaldías municipales y distritales, que tendrán que formular un protocolo que contemple todas las etapas del proceso”, añadió Castañeda.
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Y puntualizó que quienes dependan económicamente de esta actividad estarán protegidos.“Todo está contemplado para que todas las personas que derivan su sustento de este tipo de vehículos, queden amparadas, tengan la total tranquilidad que esto es lo que contempla el proyecto y por supuesto que se puedan dar las medidas como la ley lo indica”.
Sin embargo, la iniciativa también plantea algunas excepciones para los vehículos destinados a actividades turísticas, agrícolas, pecuarias y deportivas, sobre las cuales no tendrá efecto la prohibición.
Lo anterior quiere decir que los conocidos ‘cocheros’ de Cartagena podrán seguir trabajando como lo hacen actualmente.
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Los gobiernos departamentales y municipales tendrán un periodo de cinco años para reemplazar los vehículos de tracción animal por otro tipo de vehículos automotores. Después de este plazo, quedará prohibida la circulación de los mismos y podrán ser objeto de incautación.