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Medida cautelar que suspendía los bombardeos fue levantada

Foto: AFP

La decisión de fondo advierte que deberá crearse en un protocolo de precaución y los menores víctimas de reclutamiento forzado no podrán leerse como combatientes.


Jorge Leonardo Alzate

sept 16 de 2026
04:22 p. m.

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En respuesta a una acción de tutela presentada en defensa de los derechos fundamentales de los menores de edad reclutados por grupos guerrilleros, el juzgado 34 de familia de Bogotá levantó la medida provisional que ordenaba al Gobierno abstenerse “de ejecutar operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos respecto de los cuales existiera información cierta, objetiva o razonablemente verificable acerca de la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados o utilizados por grupos armados”.

Según la decisión de fondo, “las operaciones podrán desarrollarse cuando resulten jurídicamente procedente, siempre que se observen rigurosamente las reglas del Derecho Internacional Humanitario y el estándar reforzado de precaución establecido en esta providencia”.

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Gobierno tendrá que trabajar en la creación de un protocolo de precaución:

Aunque fue levantada la medida cautelar que suspendía los bombardeos, el juzgado 34 ordenó a la Presidencia de la República, al Ministerio de Defensa, a las Fuerzas Militares y la Fuerza Aeroespacial trabajar en un protocolo de precaución que deberá adoptarse siempre que “exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable acerca de la presencia de niños, niñas o adolescentes” en sus objetivos.

El protocolo debe “intensificar la verificación y contrastación de la información disponible sobre la posible presencia de menores de edad”, “valorar el riesgo previsible para su vida e integridad” y “examinar la existencia de medios, métodos, momentos o alternativas operacionales menos lesivas”, entre otros.

De manera paralela, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) tendrá que seguir trabajando, junto a otras entidades, en rutas de desvinculación de los menores reclutados y el restablecimiento de sus derechos.

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Menores afectados por bombardeos militares los últimos años:

La acción de tutela fue interpuesta tras el ataque realizado por el Gobierno de Abelardo de la Espriella el 27 de agosto de 2026, contra un campamento del Estado Mayor de Bloques y Frentes de las disidencias de las Frac, en El Retorno, Guaviare, en el que fallecieron tres menores de edad entre los 15 y los 16 años.

Días antes, el 10 de agosto, otro menor de edad falleció en el bombardeo realizado contra el Ejército de Liberación Nacional (ELN) en la región del Catatumbo y en un tercer bombardeo, el 30 de agosto, contra las disidencias de ‘Iván Mordisco’, se logró la recuperación de dos personas que decían ser menores de edad.

Sin embargo, la afectación de menores de edad en bombardeos militares no es algo exclusivo de la nueva administración. Según la Defensoría del Pueblo, 73 menores de edad perdieron la vida en operaciones realizadas entre el 7 de agosto de 2022 y el 23 de junio de 2026.

De ahí el llamado del juzgado 34 a las Fuerzas Armadas de abstenerse de leer como combatientes a menores de edad víctimas del delito de reclutamiento forzado.

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