Ni diseños ni hechos fortuitos causaron desplome del Chirajara: Laudo

Foto: Coviandes

El Tribunal de Arbitramento aseguró que no hay pruebas que culpen a la empresa que diseñó el puente pero sí a la constructora por los incumplimientos.


Noticias RCN

mar 02 de 2020
08:33 p. m.

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El Tribunal de Arbitramento que debe dirimir las controversias entre Constructora de Infraestructura Vial S.A.S. – Coninvial S.A.S., empresa encargada de operar la vía Bogotá – Villavicencio y Gisaico S.A., que diseñó y está construyendo el nuevo Puente de Chirajara determinó que no hay pruebas de que el diseño o hechos fortuitos causaron el colapso de la obra ocurrido el 15 de enero de 2018 y en que murieron nueve trabajadores. 

Para el caso del diseño, el Tribunal consideró que no hay pruebas de que el error en el diseño y por ello, el fallo, en su punto octavo resuelve que:

"Si bien no se encontró prueba de que se haya presentado un caso fortuito, una fuerza mayor o alguna causa extraña que afectare estructuralmente la Pila C, no puede tampoco considerarse probado que fuere necesaria exclusivamente por los problemas de diseño", la implosión de la mencionada Pila C como lo sugiere la expresión “que hizo necesaria la implosión de esa Pila” con que se cierra la pretensión referida.

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Lo que sí encontró el Tribunal fue que Gisaico incumplió el contrato firmado para la fase III de la obra y por ello debe indemnizar a Coninvial “por los perjuicios ocasionados por el incumplimiento contractual, por los conceptos y montos probados en este proceso y en los términos expuestos en la parte motiva del presente Laudo Arbitral”.

Gisaico S.A. deberá pagar 6.573 millones de pesos.

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