Pago de salarios y atención, lo que una familia reclama a Compensar y a Masivo Capital
Una familia que reside en Bogotá vive una difícil situación económica por cuenta de un accidente de tránsito y una enfermedad incapacitante.
Noticias RCN
ene 28 de 2017
09:30 a. m.
09:30 a. m.
Susana Cristancho, esposa de Luis Alejandro Arias, un motociclista de Bogotá que como resultado de un accidente de tránsito quedó en estado de invalidez al sufrir un trauma cráneo encefálico severo, denuncia que la EPS Compensar no le está dando a su esposo el tratamiento que recomiendan los médicos que lo atienden, situación que, según ella, lo estaría "deteriorando".
Además, la mujer enfrenta una incapacidad propia que le impide trabajar, lo que deja a la pareja en una crítica situación económica.
"La EPS no ha cumplido con lo que el médico ha solicitado, si él manda 20 terapias al mes ellos mandan una por semana. El médico nos dice a nosotros que él se abstiene de muchas cosas porque él es un empleado y su trabajo está de por medio".
Previamente, la mujer presentó una tutela que el Juzgado 42 civil municipal de Bogotá falló a su favor con lo que consiguió que la EPS le entregue medicamentos, toallas, bolsa de alimentos, pañales, transporte en ambulancia, terapias y el pago de incapacidades a su esposo, entre otros elementos. (Vea aquí el fallo de tutela).
Pero la condición de la pareja se ha hecho crítica porque, además de la enfermedad que afecta la columna de Susana Cristancho, ella denuncia que la empresa para la que trabaja no ha realizado el pago de su salario durante el tiempo que ella ha permanecido incapacitada.
"Yo no he podido trabajar, no he podido hacer nada porque mi esposo necesita la atención las 24 horas del día", agrega la mujer quien sufre una discopatía y radiculopatía. (Vea aquí documento emitido por EPS).
La mujer le reclama a la EPS Compensar y a la empresa a la que está vinculada laboralmente, que es Masivo Capital S.A.S y que hace parte del SITP, que se pongan de acuerdo para que le paguen los meses de salario que le adeudan.
"La EPS Compensar es la que me ha dejado sin salario. Según dice Masivo Capital S.A.S a mí me sacan de nómina porque la EPS no sigue pagando incapacidades y que tengo que empezar los trámites de fondo de pensiones pero de esto ya hace 6 meses que no tengo ningún sueldo. Sigo vinculada a la empresa pero no me pagan".
"Cada uno se tira la pelota", apunta la mujer quien afronta una difícil situación económica por el estado de salud de su esposo y su enfermedad.
Al ser consultada sobre ambos casos, la EPS Compensar asegura que al esposo se le está dando la atención que requiere.
"En este momento todo lo que el paciente tiene indicado médicamente lo está recibiendo, el paciente tiene unas secuelas neurológicas muy severas. Hemos venido hablando con la señora y ella siente que el tratamiento tal vez debería ser distinto", indica Adriana Díaz, líder de servicios de salud de Compensar.
Sin embargo, la funcionaria dice que se realizará una junta médica para revisar el tratamiento que está recibiendo Luis Alejandro Arias.
"Para definir en este momento y en las condiciones actuales de la evolución del paciente cuál debería ser su plan de manejo", apunta.
Sobre los meses de salario que se le deben a la mujer, la EPS dice que es la empresa la que "tiene que pagarle a ella el salario y es la que debe hacer el trámite del cobro de la incapacidad frente a la EPS".
También precisa que Susana Cristancho ya completa 180 días de incapacidad por lo que ahora le corresponde entenderse con el fondo de pensiones.
Por su lado, la empresa Masivo Capital S.A.S confirma que ella hace parte de su equipo, pero señala que no se pronunciará sobre el caso.
Sin embargo, la denunciante insiste en que la EPS le puede dar a su esposo una mejor atención para que no se siga deteriorando.
También sostuvo que pese a estar realizando los trámites frente a su fondo de pensiones, aún no sabe quién le pagará los meses que se le adeudan de salario.
"Yo ya completo 250 días de incapacidad y me dejaron de pagar salario antes de los 180 días, a los 50 días", concluye.
Por su parte, un experto en derecho laboral consultado por www.noticiasrcn.com da su opinión sobre el caso.
"La incapacidad médica por enfermedad de origen común hasta el día 180 le asiste la obligación a la EPS de pagar esas incapacidades. A partir del día 181 es el fondo de pensiones el que debería asumir esos pagos con relación a las incapacidades", señala el jurista Juan de Dios Uribe Arboleda.
Sobre el reclamo de la mujer por los meses que no le han sido pagados el abogado indica que "se está generando un incumplimiento por parte de la EPS" pero "la empresa en su sentido de solidaridad con el trabajador debería pagar esas incapacidades y solicitar el reembolso a la EPS".
"Si la EPS no pagó los 180 días de incapacidad le corresponde pagar con intereses los días que le faltan de esos 180 días", añade.
El jurista argumenta su postura explicando que "una persona que se encuentra en estado de incapacidad, que no está percibiendo el valor de esas incapacidades, pues mucho menos va a poder lograr obtener una vinculación laboral debido a su estado de salud".
Además, explica que un colombiano en situación similar puede acudir al ministerio del Trabajo a través de un derecho de petición en el que exponga su situación.
Elías Barrantes/NoticiasRCN.com
@JBarrantesE