Por lesiones ocasionadas con un machete, adulto mayor deberá pagar más de tres años de cárcel

Hombre hirió a otro con machete y ahora deberá ir a a la cárcel. Foto: Pixabay

Aunque la decisión de las autoridades había sido, en primera instancia absolverlo, el Tribunal Superior de Cundinamarca revocó la decisión.


Noticias RCN

feb 01 de 2022
10:58 p. m.

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En el marco de una decisión judicial de segunda instancia, emanada del Tribunal Superior de Cundinamarca, se emitió este martes, una pena de tres años y cinco meses de cárcel en contra de un adulto mayor, señalado de haber ocasionado lesiones a otro ciudadano con un arma cortopunzante en medio de una riña.

Aunque años atrás, aproximadamente en 2014 el juzgado Promiscuo Municipal del Municipio de Gachetá, Cundinamarca, había decidido absolver al señalado de los cargos de los que se le acusaba, casi una década después, el caso fue reabierto por las autoridades judiciales, y ahora sí se encontró la culpabilidad.

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El señalado es un adulto mayor, exactamente de 64 años, quien fue hallado culpable de la utilización de un machete para causar heridas a otra persona, en medio de una riña ocurrida en el mes de enero del año 2014 en inmediaciones de la vereda Hato Grande del referido municipio cundinamarqués.

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Tras la reapertura del caso, y luego de las que las autoridades determinaron la culpabilidad del hombre en la generación de lesiones personales con machete, los entes judiciales ordenaron la recaptura del señalado, la cual fue adelantada por agentes del Cuerpo Técnico de Investigación CTI, quienes aprehendieron al ciudadano agresor, y lo condujeron a su nuevo lugar de reclusión.

El adulto mayo enviado a la cárcel por los graves hechos, a su vez fue identificado como Luis António Cárdenas, quien ahora deberá permanecer tras las rejas. 

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Según la Fiscalía, la condena emanada por el Tribunal Superior de Cundinamarca, respondió a las evidencias halladas por miembros de sus cuerpos de investigación, y el juicioso recaudo del material probatorio, que permitieron evidenciar la existencia del ilícito, y soportando la revocatoria del fallo emitido por el juez de primera instancia. 

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